ANSES dio a conocer la noticia de que las personas que se encuentran en edad de jubilarse, pero no reúnan los aportes requeridos, podrán acceder a la jubilación mediante el trámite conocido como Moratoria Previsional. Fue la misma Administración Nacional de la Seguridad Social la que dio a conocer quienes pueden acceder y cuáles son los requisitos.

El Poder Ejecutivo aprobó el pasado 28 de febrero el Plan de Pago de Deuda Previsional a través del Decreto 132/2023, que fue publicado en el Boletín Oficial. Este Plan de Pago de Deuda Previsional prevé la regularización de deuda de aportes, hasta diciembre de 2008, que registren aquellas personas que deseen acceder a la prestación.

Según la información brindada por ANSES, son cerca de 800.000 personas serán beneficiados por esta medida, que dispondrá de hasta 120 cuotas para regularizar las respectivas contribuciones en cuotas mensuales.

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Moratoria previsional ANSES: ¿cuáles son los requisitos?

Podrán acceder a la moratoria previsional los que cumplan con:

  • Acreditar ingresos que permitan la justificación del pago de la Unidad;
  • Haber residido en el país;
  • No haberse encontrado presentando servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter autónomo y/o monotributista en el periodo en que se pretenden adquirir las Unidades de Cancelación.
  • No recibir el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza

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Moratoria previsional ANSES: ¿quiénes se podrán jubilar a partir de ahora?

  • Hombres de 65 años o más que no posean 30 años de aportes;
  • Mujeres de 60 años o más que no cuenten con 30 años de aportes;
  • Mujeres de 50 a 59 años, en situación laboral, que no lleguen a los 30 años de aportes,
  • Hombres de 55 a 64 años, en trabajo activo, que no alcancen los 30 años de aportes.
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Moratoria Previsional de ANSES: ¿quiénes no podrán acceder a la jubilación sin aportes?

El artículo 12° la Ley 27.705 de Moratoria Previsional detalla: "El beneficio previsional obtenido por el presente Plan resulta incompatible con el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza (contributiva o no contributiva), incluyendo retiros y planes sociales".

Sin embargo, establece una excepción: "Salvo en el caso en que la única prestación que el/la titular perciba a la fecha de solicitud fuera contributiva y su importe no supere el importe equivalente a una jubilación mínima vigente a la fecha de solicitud de la prestación".

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ANSES: qué pasa con las personas que no tengan la cantidad de aportes solicitados

Por otro lado, las personas quienes estén próximas a jubilarse, pero no tengan la cantidad de aportes solicitados, tendrán la posibilidad de comenzar a abonar los periodos faltantes hasta diciembre de 2012.

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de moratoria previsional que tiene como objetivo que unas 800 mil personas puedan acceder a la jubilación.

Las Unidades de Cancelación de Aportes mostrarán un valor del 29% de la basa mínima imponible de la remuneración establecida en el artículo 9° de la Ley 24.241, la norma que regula el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP).

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