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Abusos a chicos hipoacúsicos

Abogados de víctimas del Próvolo se quejaron del "poder de la Iglesia"

Los abogados de las víctimas de abuso en el Instituto Próvolo criticaron este miércoles al Tribunal que liberó el martes a Graciela Pascual (llamada "la Jefa", por las víctimas) , ex representante legal de la institución al afirmar que "si sos poderoso o amigo del poderoso, estás en libertad", informaron fuentes judiciales.

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El Tribunal compuesto por los jueces Ariel Specktor, Diego Lusverti y Eduardo Martearena decidió la libertad de Pascual quien esperará el juicio en su contra en libertad.

Sobre la resolución, uno de los abogados de la querellante Sergio Salinas, dijo en conferencia de prensa realizada por la Asociación Xumek que se trata de "una decepción enorme, las víctimas sienten que por sus espaldas se burlan constantemente y siente que están como al principio cuando el Estado y la Iglesia no los han escuchado".

"La doble vara es que si sos poderoso o amigo del poderoso estás en libertad. En este caso, el poderoso es la Iglesia", denuncio Salinas. "La doble vara es que si sos poderoso o amigo del poderoso estás en libertad. En este caso, el poderoso es la Iglesia", denuncio Salinas.

Sergio Salinas, abogado querellante

Esta libertad quedó condicionada a una fianza de 400.000 pesos, una prohibición de acercamiento a las víctimas y testigos de la causa como todo tipo de comunicación a través de cualquier medio con ellos.

El abogado de las víctimas, Oscar Barrera, dijo: "No tenemos alternativa de apelarlo, ahora tenemos que tratar de ayudar y contener a las víctimas de la mejor manera posible y que tengan la confianza que el juicio comienza pronto y conforme con las pruebas que tenemos en la causa tiene que llegar a una sentencia condenatoria".

Por otra parte, los jueces Diego Lusverti y Eduardo Martearena se refirieron a la resolución y dijeron que la decisión "se tomó en función de unos parámetros que dispone la ley en que los plazos tienen un tope y se determina en función de una necesidad concreta, en este caso era un último acto procesal y ese plazo era sobradamente holgado para cumplirlo".

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