El Gobierno de Mendoza presentó en la Legislatura el proyecto que crea un nuevo Código Procesal Penal Juvenil, para adaptar el sistema provincial a la nueva legislación nacional que baja la edad de imputabilidad a los 14 años.
Sin jurados populares y con abreviados restringidos: qué cambia para los adolescentes que delinquen
El Gobierno de Mendoza presentó el proyecto de ley que crea un nuevo Código Procesal Penal Juvenil, para adaptar el sistema a la baja de la edad de imputabilidad de los menores
El nuevo sistema de Responsabilidad Penal Juvenil alcanzará a los adolescentes que tengan entre 14 y 17 años al momento de cometer un delito.
Entre las principales novedades aparece la creación de una figura de supervisor especializado, que tendrá a su cargo el seguimiento de los menores que reciban medidas alternativas a la prisión.
La nueva edad de imputabilidad entrará en vigencia en el país el 5 de septiembre.
Un supervisor seguirá de cerca a cada adolescente
El supervisor será un profesional especializado en áreas como pedagogía, psicología, adicciones o trabajo social. Deberá mantener entrevistas semanales con el adolescente, acompañar su evolución y controlar que cumpla las pautas establecidas por la Justicia.
Además, tendrá que elevar al juez informes sobre la evolución del joven, como máximo cada 3 meses.
Según el proyecto de ley, presentado por los ministros Tadeo García Zalazar y Mercedes Rus, si detecta un incumplimiento, deberá informarlo de inmediato. En ese caso, el juez convocará a una audiencia oral dentro de las 48 horas para analizar la situación y decidir cómo continuar.
Entre las medidas que podrán imponerse a los menores aparecen: la obligación de terminar los estudios secundarios, aprender un oficio, realizar capacitaciones laborales, prestar servicios comunitarios, reparar el daño o cumplir restricciones de contacto y circulación.
La prisión seguirá siendo excepcional para menores
El proyecto establece que la regla será que los adolescentes permanezcan en libertad durante el proceso. La prisión preventiva quedará reservada para situaciones en las que exista riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación.
Antes de recurrir al encierro, se deberán considerar alternativas como el monitoreo electrónico o la permanencia domiciliaria supervisada.
Además, un adolescente detenido deberá ser trasladado inmediatamente a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez (Upana) o a una dependencia especializada. El proyecto prohíbe que sea alojado en una comisaría común junto con adultos.
La prisión preventiva tendrá un límite inicial de 3 meses, con posibilidad de prórroga. La investigación fiscal preparatoria también tendrá un plazo ordinario de 3 meses, prorrogable por otros 3.
Los menores de 14 años quedan fuera del proceso penal
La reforma también establece que los niños menores de 14 años no podrán ser sometidos a un proceso penal ni recibir sanciones punitivas.
Si un niño es señalado por la comisión de un delito, el fiscal solo podrá realizar una investigación limitada para comprobar que el hecho ocurrió y determinar la edad del menor.
Luego deberá archivar la causa penal y derivar la situación al organismo administrativo de protección de derechos para que determine las medidas correspondientes.
No habrá jurados populares para adolescentes
El nuevo régimen establece que los menores de edad serán juzgados por un Tribunal Penal Juvenil especializado y excluye expresamente la posibilidad de que sean sometidos a un juicio por jurados.
Cuando un delito sea cometido conjuntamente por un adulto y un adolescente, las causas deberán tramitar por separado. El mayor será juzgado por la Justicia ordinaria y el menor por el fuero penal juvenil.
También se restringe el juicio abreviado. Como regla general no podrá aplicarse a menores de 18 años. Solo estará permitido excepcionalmente para adolescentes de 16 años o más, en casos de flagrancia, sin participación de adultos como coautores y bajo un estricto control judicial.
Una protección de la identidad de los adolescentes
El proyecto refuerza además la protección de la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales.
Queda prohibida la difusión de datos, imágenes o cualquier referencia que permita identificarlos directa o indirectamente, incluso información como la escuela a la que concurren o su domicilio.
Si un medio de comunicación incumple esta prohibición, el juez podrá ordenar de oficio el retiro del contenido y aplicar multas.
Cómo se reorganizará el sistema penal en Mendoza
La Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ) será reorganizada en tres áreas: Administración, Privación de Libertad Juvenil y Medidas Alternativas a la Privación de Libertad.
Esta última tendrá tres dispositivos principales: una guardia permanente las 24 horas, un equipo de abordaje territorial para acompañar al adolescente en su comunidad y un dispositivo residencial socioeducativo de régimen abierto, pensado para situaciones en las que sea necesario un alojamiento temporal.
Todo el esquema se regirá por principios de especialidad, oralidad, celeridad, reserva, desformalización, justicia restaurativa y perspectiva de género.
El límite de la prisión será de 15 años
El proyecto mendocino deberá aplicarse dentro del régimen establecido por la Ley Nacional 27.801, que fija las reglas de fondo para todo el país.
La normativa nacional prohíbe la prisión perpetua para adolescentes y establece un máximo de 15 años de prisión. También contempla penas alternativas para delitos de menor gravedad, como amonestaciones, reparación del daño, servicios comunitarios, restricciones de contacto o circulación y monitoreo electrónico.
Además, obliga a que jueces, fiscales, defensores y personal encargado del alojamiento de adolescentes tengan capacitación específica en justicia penal juvenil y en los tratados internacionales de derechos humanos.
En pocas palabras
- Nuevo Código Penal Juvenil: Mendoza busca adaptar el sistema a la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años.
- Supervisor especializado: designarán profesionales para el seguimiento de adolescentes con medidas alternativas a la prisión.
- Sin jurados Populares: los menores de edad serán juzgados por Tribunales Penales Juveniles especializados, excluyendo juicios por jurados.



