Obras sociales

OSEP prorrogó la suspensión del ingreso de afiliados voluntarios durante el 2026

La obra social de los estatales de Mendoza no puede absorber a nuevos afiliados por cuestiones técnicas y financieras. Cuáles son las excepciones

El directorio de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) resolvió prorrogar la suspensión del ingreso al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente (AVI) desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida se conoció este viernes en el Boletín Oficial.

La prórroga se fundamenta en la persistencia de las condiciones técnicas, financieras y presupuestarias que motivaron originalmente la suspensión del sistema, conforme a lo informado por el Departamento de Recaudaciones y la Subdirección de Finanzas y Presupuesto. Asimismo, la resolución cuenta con dictamen favorable de la Secretaría de Asuntos Jurídicos y con el conocimiento del Director General de la Obra Social.

Desde OSEP se recordó que la medida se sustenta en lo establecido por el Decreto Ley Nº 4.373/63, Carta Orgánica del organismo, que define como prioridad la atención de los afiliados obligatorios pertenecientes al régimen de empleo público, y habilita la afiliación voluntaria únicamente en función de las posibilidades financieras y reglamentarias de la institución.

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Carlos Funes, presidente de OSEP, la obra social de los empleados públicos.

Carlos Funes, presidente de OSEP, la obra social de los empleados públicos.

Las excepciones al límite de afiliaciones en OSEP

La resolución establece excepciones a la suspensión para los ingresos de recién nacidos hijos de afiliadas del sistema AVI. En estos casos, se garantizan condiciones específicas de cobertura, especialmente durante la internación en Neonatología, y se fijan plazos y requisitos para su posterior afiliación definitiva, resguardando el acceso a la atención de la salud en situaciones sensibles.

Finalmente, se encomendó al Departamento de Afiliaciones la implementación de las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto, y a la Dirección de Comunicación y Servicios la publicación de la resolución en el Boletín Oficial, junto con su correspondiente notificación y comunicación.

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