Mientras el fallo de extinción no esté firme, Lobos y la ex esposa, Claudia Sgró, seguirán siendo dueños de los inmuebles, que solo podrán ser rematados en caso de sentencia judicial confirmada.
La estrategia
Fernando Lúquez es abogado de la dupla Lobos-Sgró. Ya había desempeñado ese rol durante 2019, cuando el Tribunal Penal Colegiado los condenó a cumplir penas de prisión por el delito de fraude a la administración pública por haberse quedado con dinero de empleados municipales truchos.
La apelación atacará la constitucionalidad de la ley provincial 9.151 de extinción de dominio sobre bienes cuyo origen no sea demostrado y que esté sospechado de corrupción en la función pública.
Lobos llevará el mismo argumento que la propia jueza Paz Gallardo rechazó en el juicio civil de extinción de dominio cuando declaró que esa normativa vigente se ajusta a la Constitución.
Lobos insistirá con que esa ley, aprobada por la Legislatura en 2019, se gestó por "necesidades políticas y entre gallos y medianoches". Es decir, con fines electorales.
Y remarcará que esa ley es "un apéndice del DNU de Mauricio Macri fechado en 2019" que establece la extinción de dominio para bienes que sean fruto de la corrupción y el narcotráfico. Decreto de enero de ese año que fue duramente rechazado por el PJ y el kirchnerismo.
"La Constitución impide al Poder Ejecutivo dictar regulaciones en materia penal mediante este tipo de decretos", habían lanzado desde la oposición a Macri. Ahora replicarán ese argumento desde la defensa de Lobos.
Y más aun: irán contra el carácter retroactivo de la normativa. "Ninguna ley se aplica de manera retroactiva", dijeron.