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Entonces, la diferencia con lo que aplica en Buenos Aires, a donde principalmente apunta la nueva resolución de la Secretaría de Industria y Comercio, es que en Mendoza ese extra, que podría ser una tasa municipal como por ejemplo de “Sepelio”, debe estar diferenciado y no oculto, estar aceptado por el usuario, ser autorizado por el EPRE y “de ninguna manera puede afectar la prestación del servicio”; es decir que debe discriminarse su pago en el cupón y “deberse” sin que eso genere deuda en el servicio público esencial.
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El Ministerio de Economía limitó la incorporación de tasas municipales a las facturas de servicios públicos.
Qué pasa en Mendoza con las tasas extras en los servicios públicos
La resolución del EPRE que rige desde 2019 “aclara que en ningún caso podrán cobrarse en las facturas de la distribuidora del servicio público conceptos o rubros no eléctricos”, explicó Latorre. Y sobre las salvedades o excepciones, que establece la misma norma, dijo que solo están permitidas “cuando estén diferenciadas y siempre que tengan faldones de cobro distinto”.
Según aclaró entonces, cuando en casos particulares el EPRE autoriza a que, por ejemplo un municipio, use la misma factura de luz para el cobro de una tasa no vinculada al servicio eléctrico, no habilita a que se utilice el mismo código de cobro.
Esta normativa, que ya rige en Mendoza, “va en la misma línea” con la planteada por el Ministerio de Economía: no se permiten cobros ocultos.
Desde el EPRE señalaron además que, en el caso de tasas municipales que se cobran en la factura pero nada tienen que ver con el servicio público en sí, el usuario puede rechazar su cobro, dado que ese aval, es requisito legal para su aplicación.
¿Se altera el plan de lucha antigranizo en el Sur?
“La resolución nacional recién salió este miércoles por lo que todavía está en análisis”, dijeron a Diario UNO tanto desde el Gobierno como desde los municipios.
Ese análisis versa sobre la posibilidad o no del cobro de una tasa municipal de Alvear y de San Rafael a los usuarios de esos departamentos para financiar el costo de la lucha antigranizo en el Sur.
En el caso de Alvear, la decisión se tomó mediante ordenanza e implicó un cambio de destino de lo que se recauda con un tributo al espacio aéreo que se cobra en la factura de luz. Según interpretan desde la intendencia, en principio no se vería afectado dado que el concepto “espacio aéreo” es propio del servicio eléctrico, debido a que es lo que recibe el municipio para que las empresas puedan sostener el cableado por el que pasa la energía.
En charla con el periodista Pablo Pérez Delgado (Radio Nihuil), el intendente Alejandro Molero anticipó: "En principio no nos alcanzaría la medida (de Caputo), porque la tasa tiene 30 años y lo único que hemos hecho es cambiar el destino de los fondos recaudados. Además, es una tasa estrictamente ligada a la prestación del servicio eléctrico; y nosotros hablamos del uso del espacio aéreo para el tendido de los cables. Sin ese tendido, no hay provisión de energía, a no ser que las prestadoras decidan soterrar todo el material".
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La lucha antigranizo en el Sur busca financiamiento: en principio sería mediante tasas a pagar en la factura de luz.
San Rafael, por su parte, llamó a audiencia pública vinculante para obtener el aval de los usuarios para el cobro de una tasa extra para financiar la lucha antigranizo.
En este caso, no se ha avanzado en ante el EPRE con el trámite de autorización del cobro de un concepto ajeno al servicio público; pero, en caso de que así fuere, en principio la Municipalidad ya contaría con el ok del usuario gracias a aquella audiencia.
De todas maneras, todos los sectores involucrados hicieron hincapié en lo reciente de la normativa nacional y la necesidad de seguir analizando la letra chica para sacar conclusiones definitivas respecto de su alcance en Mendoza.