Ética pública

Las criptomonedas, un bien "oculto" en las declaraciones juradas de los funcionarios en Mendoza

Aunque las criptomonedas deben figurar, las declaraciones juradas públicas de los funcionarios en Mendoza no muestran sus montos ni su evolución

¿Sabías que las criptomonedas están “ocultas” en las declaraciones juradas de los funcionarios mendocinos? La Ley de Ética Pública los obliga a declararlas –como el resto de sus bienes–, pero, al mismo tiempo, mantiene en reserva datos clave.

Las declaraciones juradas exhiben la existencia de activos, aunque resguardan información sensible como montos y composición. En la práctica, eso impide saber cuánto poseen el gobernador, sus ministros o los legisladores en criptomonedas y cómo evoluciona ese patrimonio.

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¿Tienen patrimonio en criptomonedas los funcionarios mendocinos? La Ley de Ética Pública protege ese dato.

¿Tienen patrimonio en criptomonedas los funcionarios mendocinos? La Ley de Ética Pública protege ese dato.

A diferencia del régimen nacional, donde la información pública es más detallada, en Mendoza queda una zona gris: los criptoactivos pueden figurar como “bienes financieros”, pero su valor y su evolución quedan solo bajo la lupa de la Oficina de Ética Pública.

¿Es suficiente ese control interno para prevenir el enriquecimiento ilícito?

Criptomonedas, fuera de la mirada ciudadana

Las criptomonedas son activos digitales descentralizados que funcionan como monedas virtuales. No están reguladas por bancos centrales y utilizan tecnología blockchain para registrar operaciones.

Bitcoin es la reina de las cripto: hoy una unidad ronda los 78.000 dólares. Hace 10 años, cuando Alfredo Cornejo asumía su primer mandato, valía menos de 1.000. Esa diferencia explica por qué, en su mayoría, se compran como inversión.

Algo similar ocurre con las acciones, los bonos, los títulos en general y algunos fondos de inversión: herramientas de ahorro cada vez más populares, sobre todo entre quienes tienen mayor capacidad económica.

Según la Ley 8993 de Ética Pública, todos estos activos deben estar contenidos en la declaración jurada patrimonial. La norma exige informar bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, dinero en efectivo en pesos o moneda extranjera, créditos, deudas e ingresos, tanto en el país como en el exterior, propios y gananciales del funcionario, su pareja y sus hijos menores.

criptomonedas

No habla específicamente de criptoactivos ni de billeteras virtuales - en parte por su antigüedad-, pero su lógica alcanza a este tipo de bienes.

En la práctica -según explicaron desde la Oficina de Ética Pública a Diario UNO-, al público se le informa que el declarante posee “productos financieros y bancarios”, pero no el detalle.

Ahí aparece la clave para dejar importes fuera del control ciudadano: el artículo 18 de la ley establece que datos como los montos, las entidades financieras o bancarias, y la identificación de inversiones o sociedades -entre otros- son considerados confidenciales. Esa información queda “exenta de publicidad” y debe presentarse en un formulario aparte, en sobre cerrado.

Los montos y las entidades financieras o bancarias son información confidencial, que solo puede ser revelada por orden judicial.

Así, el sistema mendocino permite conocer qué tiene un funcionario (transparencia), pero protege el cómo, el cuánto y el dónde de esos bienes (privacidad y seguridad). Ese nivel de detalle solo puede ser revelado por orden judicial.

¿Por qué? Por la protección de datos personales, el secreto fiscal y el resguardo del derecho a la intimidad de los funcionarios y sus familias.

De qué hablamos cuando hablamos de “funcionarios públicos”

De acuerdo con la Ley 8993 de Mendoza, la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial alcanza a los funcionarios de mayor jerarquía de los tres poderes del Estado: desde el gobernador y el vicegobernador, hasta los ministros, los legisladores y los magistrados judiciales.

También están obligados intendentes, concejales y directivos de empresas estatales u organismos de control. Lo mismo pasa con cualquier persona que administre fondos públicos, los jefes de las fuerzas de seguridad y autoridades de organizaciones sindicales que representen a empleados públicos.

En Mendoza no, pero en Nación sí

Lo que la ley mendocina protege con tanto recelo no lo hace la Ley Nacional 25188 de Ética Pública, que es más amplia en cuanto a lo que el ciudadano en general puede conocer.

criptomonedas declaraciones juradas

La principal diferencia en las declaraciones juradas nacionales radica en la publicidad de los montos: de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, de la tenencia de dinero en efectivo, de criptomonedas y de lo contenido en billeteras virtuales.

Para acceder a estas declaraciones a nivel nacional –del año que sea- cualquier persona puede solicitar una copia, identificándose y explicando el destino que le dará a la información.

En Mendoza, en cambio, a un solo click está a disposición la última declaración jurada presentada por el funcionario. Pero para acceder a las anteriores se debe generar un ticket de acceso a la información pública y esperar que la respuesta llegue por mail.

Sin criptomonedas declaradas

Si bien Argentina es hoy uno de los países con mayor adopción de criptomonedas en América Latina, e incluso lidera indicadores regionales, en las declaraciones juradas públicas de diputados y senadores nacionales por Mendoza no aparecen criptoactivos.

Tampoco figuran –por ejemplo- en las presentaciones del presidente Javier Milei ni del ministro de Economía Luis Caputo o el jefe de Gabinete Manuel Adorni.

Karina, Diego Santilli, Javier Milei y Manuel Adorni

Uno de los casos más resonantes fue el de Esteban Bullrich, quien en 2017 –como ministro de Educación- declaró tenencias en Bitcoin.

A la vista está que, pese a la obligación de declarar criptomonedas, no se trata de un activo que aparezca con frecuencia en las declaraciones juradas de los funcionarios, tanto a nivel nacional como provincial.

En Mendoza, además, la posibilidad de identificarlas es aún más limitada: pueden figurar dentro de los “bienes o productos financieros”, pero sin detalle de montos ni evolución en el tiempo.