La Suprema Corte de Justicia resolvió que la jueza María Lizán no podrá apelar en la Corte de la Nación los fallos en contra de su pretensión de cobrarle $5 millones de indemnización al Estado.
La Suprema Corte de Justicia resolvió que la jueza María Lizán no podrá apelar en la Corte de la Nación los fallos en contra de su pretensión de cobrarle $5 millones de indemnización al Estado.
Con la preopinión de Teresa Day y la adhesión de José Valerio, la Sala II zanjó el conflicto entre Lizán y el Estado al confirmar que las decisiones del Jury de Enjuiciamiento son materia provincial que no debe ser tratada en los fueros federales.
La jueza de Familia de Las Heras demandó al Estado por haber estado suspendida entre 2012 y 2016 por decisión del Jury de Enjuiciamento, como un coletazo del caso de las adopciones ilegales en el Valle de Uco, donde la magistrada ejercía.
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La decisión de la Sala II está fechada el 27 de mayo pero recién se hizo pública este martes. Dalmiro Garay, integrante del tribunal solo para esta ocasión -los miembros habituales se apartaron porque participaron en instancias anteriores del proceso- no se pronunció por estar en uso de licencia.
María Elisabeth Lizán es una de las dos juezas suspendidas por el Jury de Enjuiciamiento e investigadas por la Justicia Penal a raíz de una denuncia por adopciones ilegales en el Valle de Uco.
La suspensión en sus funciones mientras duraron las pesquisas, implicó que cobraran el 50% del sueldo.
En mayo de 2016, cuando se archivaron las actuaciones y Lizán y la otra magistrada volvieron a sus puestos, la actual jueza de Familia de Las Heras demandó al Estado por daños y perjuicios.
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