Rechazo a la apelación en la Corte nacional

La Suprema Corte de Justicia dictó otro fallo adverso para la jueza que exigió $5 millones

La Suprema Corte de Justicia resolvió que María Lizán no podrá apelar en la Nación los fallos contra su intención de cobrar esa indemnización porque el Jury la había suspendido

Con la preopinión de Teresa Day y la adhesión de José Valerio, la Sala II zanjó el conflicto entre Lizán y el Estado al confirmar que las decisiones del Jury de Enjuiciamiento son materia provincial que no debe ser tratada en los fueros federales.

La jueza de Familia de Las Heras demandó al Estado por haber estado suspendida entre 2012 y 2016 por decisión del Jury de Enjuiciamento, como un coletazo del caso de las adopciones ilegales en el Valle de Uco, donde la magistrada ejercía.

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José Valerio, juez de la Suprema Corte.

José Valerio, juez de la Suprema Corte.

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Qué dijo la Corte de Mendoza

"En esta instancia ha estado en juego la aplicación o interpretación de normas de derecho común, lo cual no suscita cuestión federal... En efecto, en la acción principal interpuesta por la recurrente (la jueza Lizán), ésta pretendía la indemnización de los daños y perjuicios que el accionar del Jury de Enjuiciamiento le habría ocasionado, la cual fue rechazada por aplicación de las normas que rigen la responsabilidad del Estado provincial" "En esta instancia ha estado en juego la aplicación o interpretación de normas de derecho común, lo cual no suscita cuestión federal... En efecto, en la acción principal interpuesta por la recurrente (la jueza Lizán), ésta pretendía la indemnización de los daños y perjuicios que el accionar del Jury de Enjuiciamiento le habría ocasionado, la cual fue rechazada por aplicación de las normas que rigen la responsabilidad del Estado provincial"

La decisión de la Sala II está fechada el 27 de mayo pero recién se hizo pública este martes. Dalmiro Garay, integrante del tribunal solo para esta ocasión -los miembros habituales se apartaron porque participaron en instancias anteriores del proceso- no se pronunció por estar en uso de licencia.

"Se ha resuelto reiteradamente que no procede la vía especial contra decisiones de los superiores tribunales de provincia, que desestiman recursos extraordinarios locales por no verificarse los requisitos formales exigidos para su procedencia" "Se ha resuelto reiteradamente que no procede la vía especial contra decisiones de los superiores tribunales de provincia, que desestiman recursos extraordinarios locales por no verificarse los requisitos formales exigidos para su procedencia"

El caso Lizán

María Elisabeth Lizán es una de las dos juezas suspendidas por el Jury de Enjuiciamiento e investigadas por la Justicia Penal a raíz de una denuncia por adopciones ilegales en el Valle de Uco.

La suspensión en sus funciones mientras duraron las pesquisas, implicó que cobraran el 50% del sueldo.

En mayo de 2016, cuando se archivaron las actuaciones y Lizán y la otra magistrada volvieron a sus puestos, la actual jueza de Familia de Las Heras demandó al Estado por daños y perjuicios.

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