Polémica

La Justicia suspendió el DNU que limitó el derecho a huelga y amplió servicios esenciales

Una jueza hizo lugar al amparo presentado por la CGT contra el DNU que amplió las actividades definidas como esenciales y obligaba a brindar un servicio del 50%

La Justicia laboral suspendió este lunes los artículos centrales del DNU 340/2025 impulsado por el gobierno de Javier Milei para limitar el derecho a huelga.

"La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender", habían sostenido en un comunicado el 22 de mayo tras conocerse el decreto.

La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, al considerar que la reforma del régimen legal de huelga no puede realizarse mediante un decreto de necesidad y urgencia, sino a través de una ley sancionada por el Congreso.

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La CGT se opuso al dercreo de Milei que limitó el derecho a huelga.

La CGT se opuso al dercreo de Milei que limitó el derecho a huelga.

Derecho a huelga, Congreso y Constitución

El escrito presentado por la central obrera sostiene que "la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario", y advierte que el DNU avanza sobre competencias exclusivas del Congreso.

En Casa Rosada no descartan apelar el fallo y llevar la discusión a instancias superiores.

El DNU del gobierno que limitó el derecho a la huelga, reglamentaba como servicios esenciales al transporte, la educación y la salud, entre otros, por los que los sindicatos que protestaran estarían obligados a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75%.

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