El juez Pablo Quirós, del Juzgado Federa Nº2 de Mendoza, ordenó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) suspender por 5 meses la medida que eliminaba la obligatoriedad de lo que en el sector denominan la “partida de nacimiento” del vino.
La Justicia les dio la razón a los viñateros y el CIU que indigna a Sturzenegger sobrevivirá esta cosecha
El Juzgado Federal Nº2 ordenó al INV a mantener la obligatoriedad del certificado de origen de la uva, a pesar de la desregulación impulsada por Sturzenegger
Lo hizo al resolver un recurso de amparo presentado por la Asociación de Viñateros de Mendoza (AVM), la Unión Vitivinícola Argentina (UVA), la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas (Acovi) y la Cámara de Productores Agrícolas (Carpa) contra la eliminación del certificado de ingreso de uvas (CIU) y la del formulario CEC-05 -la Declaración Jurada Anual de Elaboración, impulsadas por el INV y el Ministerio de Desregulación, de Federico Sturzenegger.
La medida no solo había generado la reacción del sector vitivinícola en la Justicia, sino también el enfrentamiento del Gobierno de Mendoza con la Nación, a pesar de ser aliados.
“Cuando tenés razón, te la dan. La verdad es que fue una especie de torpeza política del gobierno nacional la eliminación del CIU”, consideró el ministro de Producción de Mendoza, Rodolfo Vargas Arizu, sobre la medida del INV, el enojo de Sturzenegger contra el sector vitivinícola y sus comparaciones poco felices.
“Nación quería mantenerlo por cuestiones ideológicas. Están a favor de que todo sea voluntario; pero lo cierto es que también hay regulaciones que dan libertad, como el CIU y la Declaración Jurada que garantizan la genuinidad y la trazabilidad del vino”, agregó Vargas Arizu en diálogo con Diario UNO.
“Es interesante que la Justicia da lugar al amparo solo respecto de estas medidas en particular, pero deja en pie el resto de las desregulaciones de la resolución 37/2025, como pedíamos desde Mendoza”, explicó el ministro sobre el fallo.
De esta manera, la normativa desregulatoria del INV entrará en vigor a partir del 2 de enero de 2026, con excepción de los artículos referidos a la eliminación de la obligatoriedad del CIU y el CEC 05.
Qué dice la resolución de la Justicia contra el INV
El juez resolvió “hacer lugar a la medida cautelar incoada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas, por el plazo de 5 meses”.
Y ordenó al INV “la suspensión provisoria de la aplicación de la norma (…) que establece: ‘La declaración jurada de certificación de cosecha reemplazará a la declaración jurada de ingreso de uva (CIU), la cual dejará de ser un requisito para los productores y elaboradores’”; más la norma que deroga la obligación de la declaración jurada de ingreso de uva; y la que deroga presentación de la DDJJ en línea del CIU y del CEC 05.
Estos conceptos técnicos de la resolución señalan que tanto la presentación del Certificado de Ingreso de la Uva como la Declaración Jurada Anual de Elaboración que se emite al terminar de hacer el vino seguirán siendo obligatorios, al menos por esta temporada de cosecha.
“La medida garantiza la genuinidad y trazabilidad del producto. Le da tranquilidad al productor, a la bodega, a quien elabora, fracciona y consume el vino”, explicó Vargas Arizu.
Medida provisoria: el sector vitivinícola sigue su lucha contra la desregulación del INV
Dada la cercanía de la cosecha, la Justicia se enfocó en resolver rápidamente la cautelar respecto de la obligatoriedad del CIU para esta temporada; pero el proceso de fondo continuará su curso a fines de resolver la marcha atrás o no definitiva de la medida.
Según expusieron al momento de presentar el recurso de amparo contra las desregulaciones del INV, para las entidades vitivinícolas reducir los controles estatales exclusivamente al producto final hace que se pierda la trazabilidad desde el viñedo, debilitando el seguimiento del proceso desde la cosecha de la uva, dificultando la identificación del origen real de la materia prima y afectando la transparencia del sistema.
A su vez, dicen, “ello impide tener datos ciertos y fundamentales para poder definir políticas vitivinícolas que permitan proteger a todos los eslabones de la cadena”.
Por otra parte, sobre el CIU expresaron que “es la única constancia oficial que acredita la entrega de la uva por parte del productor como venta de la misma al bodeguero; y la titularidad del productor del vino como elaborador por cuenta de terceros”.
“Su supresión deja al viñatero sin una herramienta clave de respaldo legal y compromete la trazabilidad documental que garantiza la transparencia en la comercialización de la uva”, expusieron desde el sector.
En tanto que, sobre la desregulación de certificaciones de origen, añada y varietal, que pasan a ser optativas con las medidas del INV, viñateros consideraron que “se debilita la identidad y el valor de nuestros vinos de origen, lo cual puede repercutir negativamente en el reconocimiento del trabajo del productor y en el precio de la uva como así también en la seguridad del consumidor sobre la veracidad del producto que adquiere”.







