Minería en Malargüe

La concesionaria de la mina de potasio habilitó al Gobierno a divulgar detalles del acuerdo

Nicolás Mallo Huergo, de la firma Minera Aguilar, le envió una nota a Suarez en la que aclara que el contrato firmado no impide ni restringe el derecho de acceso a la información pública

La Compañía Minera Aguilar, que es la firma que adquirió el 88% de las acciones de Potasio Río Colorado, emitió un comunicado en el que habilita al Gobierno provincial a dar a conocer los detalles del acuerdo que firmaron para la compra de la mina de Malargüe.

Fue después de que el fiscal de Estado, Fernando Simón, analizara el proceso del traspaso de acciones y le pidiera al gobernador Rodolfo Suarez que justificara y encuadrara legalmente aquella confidencialidad del acuerdo, previamente a emitir el decreto que deberá ratificar la Legislatura.

Mediante el dictamen Nº 1.464/23 Simón hizo foco en la confidencialidad que rige para las operaciones que concretó el Gobierno con la minera y pidió que, así como se incorporó a los acuerdos el plazo de 5 años (que originalmente no tenía) para mantener la confidencialidad de la información por sugerencia de la propia Fiscalía de Estado, que ese "secreto" sea justificado y encuadrado legalmente.

Ante esta situación, Nicolás Mallo Huergo, en representación de la empresa, le envió una nota a Suarez en la que aclara que el contrato firmado por Aguilar y el Gobierno si bien tiene una cláusula de confidencialidad, ella no impide ni restringe el derecho de acceso a la información pública que existe por ley en la provincia.

"Ante lo pedido por el fiscal de Estado quisimos dejar en claro que en el acuerdo firmado con el Gobierno de Mendoza no hay nada que ocultar, porque los términos contractuales son de público conocimiento. Por eso es que aclaramos que esa cláusula de confidencialidad no va en contra del derecho a la información pública y desde nuestra parte avalamos que se difunda todo lo que se tenga que difundir", amplió Huergo, hoy presidente del directorio de la compañía.

En la nota se puntualiza que aquella cláusula de confidencialidad se fijó puntualmente en pos de la información comercial, industrial o tecnoloógica de las parte, "cuya protección es necesaria para el desarrollo de la actividad económica de forma competitiva y eficiente".

Minera Aguilar a Suarez (1) - copia.pdf

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Control sobre la confidencialidad

A lo largo del proceso de selección de un socio para Potasio Río Colorado SA, Emilio Guiñazú Fader, gerente de la empresa estatal, hizo foco en la necesidad de respetar los acuerdos de confidencialidad que se iban firmando etapa tras etapa.

Para resguardar la transparencia de ese proceso, fue la Fiscalía de Estado la encargada de ir monitoreando esos pasos y esta semana emitió un dictamen final respecto del contrato de traspaso de acciones y operación de la mina que se firmó con la empresa seleccionada: Compañía Minera Aguilar SA y el grupo brasileño ARG.

Adecuarse a ese dictamen es un requisito previo a la publicación del decreto de Rodolfo Suarez, que tiene por objeto ratificar el procedimiento de búsqueda de inversiones (M&A - Andrómeda); la aprobación de la cesión de derechos de la transferencia del 12% de las acciones que quedan para la Provincia y pasan de PRC SAU a la nueva empresa estatal Impulsa Mendoza; y la aprobación del acuerdo de transferencia del restante 88% suscripto por la Provincia y por Minera Aguilar Potasio SA.

Entre las conclusiones que efectuó el fiscal de Estado Simón tras analizar las cláusulas más relevantes del convenio de compraventa de las acciones se encuentra que en los proyectos originales, tanto de ese contrato como el de su acuerdo complementario, se acordó mantener la confidencialidad de la información derivada de esos instrumentos sin mencionarse por cuánto tiempo.

Esa falta de plazo, cuestionada en su momento por la Fiscalía de Estado, fue salvada por las partes, que finalmente acordaron por escrito que se mantendría el "secreto" por 5 años desde la firma; pero lo que faltó fue, además, justificar el por qué de ese "secreto" y encuadrarlo legalmente: "Para disponer la confidencialidad de las actuaciones, es necesario fundarla suficientemente (en especial cuando la misma se mantiene después de la fecha de cierre y ratificación legislativa)".