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Indemnizaciones, banco de horas y despidos: artículos de la reforma laboral que quedaron en suspenso

La cautelar frenó los cambios estructurales en las indemnizaciones, en facultades de la empresa y los derechos colectivos que consagraba la reforma laboral

Editado por Analía Doña
dona.analia@diariouno.com.ar

La Justicia laboral suspendió este lunes buena parte de la reforma laboral impulsada por el Gobierno. El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, a cargo del juez Raúl Ojeda, dictó una medida cautelar que deja sin efecto más de 80 artículos de la ley, tras una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El fallo tiene alcance general: alcanza a todos los trabajadores y empleadores del país cuyas relaciones estén regidas por la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y normas complementarias.

Entre los puntos frenados figuran cambios clave en el régimen de indemnizaciones -como los límites a la antigüedad computable, la exclusión del aguinaldo de la base de cálculo y la creación de un Fondo de Asistencia Laboral-. También quedaron en suspenso la ampliación de las facultades empresarias para modificar condiciones laborales y el artículo que consideraba a repartidores de plataformas como Pedidos Ya como “prestadores independientes”.

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El fallo hizo lugar a la cautelar de la CGT contra la reforma laboral de Javier Milei.

El freno que un juez le puso a la reforma laboral por pedido de la CGT

El juez laboral entendió que existen indicios de regresividad en materia laboral, afectación de principios constitucionales (como el protectorio y la libertad sindical) y riesgo de daños irreparables suficientes para proceder.

Los artículos suspendidos de la reforma laboral, que son más de 80, se refieren principalmente a:

  • Contratación de plataformas: se suspendió el artículo que calificaba a los repartidores de plataformas tecnológicas como "prestadores independientes", excluyéndolos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
  • Interpretación y renunciabilidad: se frenó la eliminación del principio in dubio pro operario (en caso de duda, a favor del trabajador) y la quita del principio de irrenunciabilidad sobre cláusulas contractuales que superaran la ley
  • Antigüedad y presunción: se suspendieron los límites a la antigüedad computable y la eliminación de la presunción de la existencia de un contrato de trabajo ante la mera prestación de servicios
  • Ius variandi: se suspendió la ampliación de la facultad del empleador para modificar formas y modalidades de trabajo y la limitación de las consecuencias por su ejercicio indebido
  • Jornada y descansos: se dejó sin efecto la creación del "banco de horas" por acuerdo individual, la realización de horas extras en contratos a tiempo parcial y la quita del período obligatorio de goce de vacaciones (de octubre a abril) y la posibilidad de fraccionarlo
  • Dignidad y Formación: quedó suspendida la eliminación de la "dignidad de la persona" como valor a respetar por el empleador y la derogación del capítulo relativo a la formación profesional
  • Base de cálculo: se suspendió la exclusión del Sueldo Anual Complementario (SAC) y premios no mensuales de la base de cálculo de las indemnizaciones
  • Fondo de Asistencia Laboral (FAL): quedó sin vigencia la creación, financiación y administración de este fondo (Artículos 58 a 77), al considerar que colectivizar el costo no disuade los despidos injustificados y quita recursos a la Seguridad Social (ANSES)
CGT marcha reforma laboral

El fallo que suspende parte de la reforma laboral se aplica a todo el país.

  • Reparación plena: se frenó la prohibición de reclamar daños y perjuicios o daño moral por fuera del régimen laboral especial
  • Derecho de Huelga: se suspendió la imposición de servicios mínimos obligatorios para "actividades de importancia trascendental" (lo que limitaba el ejercicio del derecho de huelga) y la prohibición de huelga en servicios de seguridad
  • Asambleas y cuotas: quedaron suspendidas las reglamentaciones limitativas al derecho de realizar asambleas y las trabas para el aporte solidario de trabajadores no afiliados
  • Negociación colectiva: se suspendió la prioridad de los convenios de ámbito menor (empresa) sobre los de ámbito mayor y la modificación del régimen de ultraactividad de las cláusulas convencionales
  • Teletrabajo: se frenó la derogación de la Ley N° 27.555 que regula el teletrabajo
  • Trabajo agrario y de casas particulares: se suspendieron las modificaciones que ampliaban el período de prueba a 8 meses en el campo y 6 meses en casas particulares, así como la eliminación de responsabilidades solidarias en la tercerización agrícola
  • Justicia del trabajo: se suspendió el traslado de competencias a la justicia civil o administrativa en casos donde el Estado sea parte

El juez concluyó que el mantenimiento de la igualdad entre las partes requiere esta medida urgente y provisoria hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la reforma laboral.

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