El abogado ambientalista y ex legislador Marcelo Romano fue suspendido de su cargo de planta en el Senado de la Nación, sin goce de haberes y se le abrió un sumario, bajo el argumento de que fue condenado en Mendoza por atentado contra la autoridad. Esta sentencia fue apelada en la Suprema Corte de Justicia.
El Senado de la Nación suspendió de su cargo a Marcelo Romano, ex legislador provincial
La decisión la tomó la vicepresidenta Victoria Villarruel, tras el argumento de la condena al abogado ambientalista que se desempeñaba en la unidad de cambio climático
El ex integrante del partido Verde reconoció que fue notificado de esta decisión y que recurrirá la medida en el Poder Legislativo nacional y apuntó contra "una persecusión política en su contra que viene de Cornejo (Alfredo)".
Fueron precisamente sus ex compañeros de militancia, Emanuel Fugazzotto (Partido Verde) y Mauro Giambastiani (Mejor Mendoza) quienes pusieron en conocimiento a la vicepresidenta Victoria Villarruel de la condena a 10 meses de prisión en suspenso por atentado contra la autoridad por un hecho ocurrido en 2019 en un control policial.
Romano fue denunciado por sus ex compañeros del partido Verde
El ex legislador, conocido por la defensa de la Ley 7.722 que es el marco para los controles en los proyectos de minería se encontraba adscripto a la Municipalidad de Maipú realizando un asesoramiento desde la unidad de cambio climático.
Romano se alejó de Mario Vadillo y de Emanuel Fugazzotto, luego de arribar a un acuerdo político con Omar De Marchi, quien hace poco dejó su rol como secretario de Relaciones Parlamentarias e Institucionales de la vicejefatura de Gabinete para pasar a Aerolíneas Argentinas.
Tras la presentación de Fugazzotto Giambastiani, el Senado resolvió: “ante los hechos detallados resulta imperioso adoptar medidas que impidan el entorpecimiento del desarrollo de la investigación administrativa, aseguren su normal desenvolvimiento, preserven la integridad del Organismo y la confianza pública en las instituciones”.
El artículo 3 del Reglamento de Investigaciones Administrativas (Decreto PEN-456/22) adoptado por el Senado de la Nación y citado en la resolución determina que cuando un hecho “por acción u omisión, pueda significar responsabilidad disciplinaria, exista o no perjuicio fiscal, para cuyo esclarecimiento se requiera una investigación, esta se sustanciará como información sumaria o sumario”.




