La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó una solicitud para cumplir con la condena a 6 años por corrupción en la causa Vialidad con prisión domiciliaria y sin tobillera. El planteo lo hizo uno de sus abogados, Alberto Beraldi, quien además requirió que como ex mandataria conserve su custodia policial.
Cristina pidió cumplir la condena con prisión domiciliaria y sin tobillera en su casa de Constitución
La ex presidenta pidió continuar en su casa ante la inminente detención para hacer efectiva la pena de 6 años
Cristina Kirchner eligió permanecer en su residencia de Constitución, donde vive actualmente.
La líder del peronismo tiene hasta el miércoles próximo para presentarse en Comodoro Py, quedar detenida y empezar a cumplir su condena. El Tribunal Oral Federal N°2 le solicitó a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que determine en qué dependencia deberá quedar alojada la ex vicepresidenta.
Los argumentos de Cristina para el arresto domiciliario
La solicitud de los representantes de Cristina Kirchner se basan en la edad y en el rol que desempeñó la condenada. Es por ello que se argumentó que Cristina "tiene secretos de Estado". Otro de los aspectos que señaló la defensa, es el atentado que sufrió en septiembre del 1 de septiembre de 2022 con un intento de homicidio.
Cristina Kirchner tiene 72 años y el Código Procesal Penal contempla dicho beneficio para personas que tienen más de 70 años, sin embargo no es una obligación concederla sino una potestad del juez de Ejecución.
“En el caso de Cristina Fernández de Kirchner, el cumplimiento de una pena privativa de libertad sólo puede ser llevado a cabo bajo la modalidad de detención domiciliaria”, sostuvieron sus abogados en el escrito.
Dejarla presa en una cárcel común "de manera alguna es compatible con los recaudos de seguridad que deben serle garantizados a una persona que se encuentra en la situación de nuestra asistida”, agregaron los letrados.
El eventual traslado a una cárcel de una ex vicepresidenta derivaría por necesidad de seguridad en un “régimen de aislamiento absoluto y de vigilancia permanente, medidas que resultan incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales que rigen en materia de ejecución penal”.




