Pandemia

Aguinaldo escalonado: la respuesta de Suarez a AMPROS un año después

Casi un año después, el gobernador Rodolfo Suarez rechazó un reclamo de AMPROS por el pago escalonado y postergado de los aguinaldos en el 2020. Las razones

Casi un año después, el Gobierno de Mendoza rechazó una presentación de la titular de AMPROS, María Isabel del Pópolo, sobre la forma en que se pagaron los aguinaldos estatales durante el 2020.

El año pasado, el gobernador Rodolfo Suarez, decidió postergar y escalonar los aguinaldos estatales correspondientes al primer semestre. Esto lo hizo para poder usar los fondos para combatir la pandemia, en medio de la emergencia sanitaria.

Esta decisión llevó a que AMPROS se presentara ante el Gobierno por considerar que el decreto que ordenaba el pago escalonado fuese "violatorio de la Constitución de Mendoza, Constitución Nacional, Convención Americana de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), Declaración de los Derechos y Deberes del hombre, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos".

Según Del Popolo, la medida "afecta derechos adquiridos de los trabajadores estatales, tornándola inaplicable" y pedía que se dejara sin efecto, algo que finalmente no ocurrió y se pagó escalonadamente desde septiembre del año pasado.

Asimismo, la sindicalista en su presentación, también pedía que se cumplía la postergación, se calcularan los aguinaldos con intereses.

Desde el Gobierno, según el decreto firmado por el gobernador Rodolfo Suarez y el ministro de Hacienda, Lisandro Nieri, aparece como elemento decisor "el hecho imprevisto e inevitable de la propagación mundial del virus COVID-19, declarado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud, que obligó a la mayoría de los países y regiones a adoptar medidas urgentes y de carácter extraordinario, para combatir la propagación y contagio del virus".

Ante esto, argumentan que se debieron tomar medidas para limitar las actividades lícitas y las industrias.

"El contexto señalado, ha obligado a poner todo el esfuerzo y redirigir la economía en defensa del derecho a la vida y la salud, adoptando medidas tendientes a disminuir y/o mitigar el impacto sanitario de la pandemia, teniendo una lógica repercusión en el plano económico, administrativo y social, entre otros; con un significativo impacto en el nivel de actividad de todos los sectores, existiendo a la fecha, un proceso gradual de reapertura, en la medida que la realidad epidemiológica de cada Provincia o Región lo permita", manifestaron.

Esto llevó a "un descenso de la recaudación de impuestos provinciales y nacionales", manifestaron en los fundamentos del decreto.

Asimismo, el Gobierno argumenta que se cumplirá con el pago del aguinaldo, algo que se cumplió, solamente que se difirió el pago.

Suarez y Nieri, en el decreto aseguraron que se amparó en "precisas directrices que emanan de la Suprema Corte de Justicia en materia de constitucionalidad de leyes de emergencia: “Para admitir la constitucionalidad de las leyes de emergencia se exige el cumplimiento de los siguientes principios básicos: a) Que exista una situación de emergencia definida por el Congreso; b) Persecución de un fin público que consulte los superiores y generales intereses del país; c) Transitoriedad de la regulación excepcional impuesta a los derechos individuales y sociales; d) Razonabilidad del medio empleado por el legislador, o sea la adecuación del medio empleado al fin público perseguido y respeto al límite infranqueable del Artículo 28 de la Constitución Nacional".

Finalmente, también rechazaron el reclamo desde el punto salarial bajo el argumento de que "es sabido que no existe derecho salarial adquirido frente a una situación excepcional e imprevisible y urgente tal como la que está ocurriendo".

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