Que una madre impida que su hijo menor de edad vuelva a relacionarse con el padre después de 4 años es, en cualquiera de sus formas, una conducta delictiva y está penalizada. Pero que la madre cometa sustracción de menores en perjuicio del chico, es decir que lo robe -conducta que también está penalizada- es otro delito, distinto y más grave.
El caso de Carolina Loncarich y el miedo a las injusticias de la Justicia
Impedir el contacto de un hijo menor de edad con alguno de los padres no es robárselo ni sustraerlo. Tras el fallo del caso Loncarich y sus consecuencias, se impone un mea culpa de la Justicia toda
Claramente no son lo mismo el impedimento de contacto y la sustracción de menores. Tampoco las penas establecidas por el Código Penal para quien cometa alguno de esos delitos. Sin embargo, por decisión de la Fiscalía y durante 2 años y 7 meses, la arquitecta Carolina Loncarich estuvo presa y acusada de haber robado a su hijo hasta que este viernes, al final de un largo juicio oral y público, se la condenó por haber impedido que el chico de 8 años se revinculara con el padre, al habérselo llevado desde Mendoza a Buenos Aires en mayo de 2023.
Está clarísimo que los fiscales investigadores tienen, debido a las reformas procesales de los últimos años, gran cantidad de casos y expedientes bajo su responsabilidad. Muchos de ellos de alto impacto público y social. Y que muchas veces, mientras están de turno, investigan casos del momento y de pronto deben presentarse en una o varias audiencias por casos anteriores y en desarrollo.
Con todo, ¿cómo pudo el fiscal Gabriel Blanco, en su alegato, al final del juicio, haber acusado a Carolina Loncarich y solicitado que fuera condenada a la cárcel a 7 años y 6 meses por desobediencia judicial y por haber robado a su propio hijo siendo que impedir el contacto no es sustracción de menores?
Lo del viernes, cuando la jueza Belén Renna condenó a Loncarich a 3 años de prisión por impedimento de contacto y por haber desobedecido la orden de la Justicia de Familia de que el hijo se revinculara con el padre, no habrá sido la primera ni la última vez que un juez de sentencia descarte la figura legal fijada por un fiscal y dicte un fallo por otra calificación y otro delito, de menor responsabilidad, como en este caso.
Dos posturas disímiles: cárcel y libertad (condicional)
Sin embargo, desenlaces judiciales como el del caso Loncarich generan 2 escenarios.
1) Puertas adentro del Poder Judicial: las miradas de reojo hacia el fiscal y su capacidad.
2) Hacia el resto de la sociedad: temor a lo injusto y sus consecuencias.
Lo del temor a lo injusto y sus consecuencias se sustenta con un ejemplo claro que se desprende del caso Loncarich: si la acusación fiscal hubiera sido correcta desde el primer día, la mujer no habría estado en la cárcel ni uno solo de los casi 1.000 días que permaneció en el penal de Mujeres sino en libertad por tratarse de un delito excarcelable.
Definitivamente sí iba a tener que afrontar un juicio, pero por otro delito, distinto y menos grave, y esencialmente en libertad.
¿Quién le devolverá a Carolina Loncarich la libertad que no tuvo mientras esperaba el juicio?
Loncarich: de la cárcel a la vida normal
La sentencia de la jueza Belén Renna a 3 años de prisión efectiva está casi cumplida. Veamos. Loncarich ha estado presa durante 31 de los 36 meses de la condena, lo que cual ya habilitó a su abogado, Andrés Ramos, a solicitarle al fuero Penal que le conceda la libertad condicional. Cuando se la concedan, probablemente esta semana, a la mujer le quedarán por cumplir poco más de 4 meses de condena. Estará libre. Vida normal.
Volverá Loncarich a la vida que llevaba antes de mayo de 2023 cuando se llevó al hijo a Buenos Aires y luego fue detenida y puesta bajo proceso penal.
Ya está listos y aprobados los informes que dan cuenta de su buen comportamiento carcelario y del domicilio fijado mientras purga el último tramo de la condena. Las garantías están.
Loncarich y otro drama inminente
Queda pendiente otro asunto, en el que seguramente la Justicia será llamada a intervenir. Un asunto sensible que nada tiene que ver con penalizaciones sino con lo humano y lo dramático que el caso de Loncarich y su hijo ha rezumado desde el primer día.
Ni más ni menos que madre e hijo vuelvan a verse después de mayo de 2023 cuando ella fue detenida y encarcelada y el menor de edad fue traído a vivir con gente de confianza y finalmente con el padre, con quien vive muy bien. Pero sin ver a la madre.
¿Batalla judicial en puerta en la Justicia de Familia?
Probablemente, y según cómo se desarrolle ese pleito, se viva uno de los momentos más impactantes de esta historia.
Probablemente llegue el momento en que el hijo de Loncarich sea consultado por la Justicia y con sus 10 años a cuestas -los últimos 7 marcados a fuego por la distancia primero con el padre y luego con la madre- tenga la posibilidad de decidir si quiere o no volver a ver a su madre.
Pero ésa será otra historia.
Mientras tanto, la Justicia toda tendrá -puertas adentro- mucho por revisar acerca del criterio con que se aplican ciertas leyes. No sólo para ser justos sino, esencialmente, para no ser injustos ni causar daños irreparables.




