Por mensajes de Whastapp. Por redes sociales. Y, a veces en peores términos, en los propios medios de comunicación. La situación de los presos en relación con el coronavirus fue la comidilla de estos días. Mano dura. Garantismo. Pero, qué hay de verdad en todo lo que se dice.

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Casos testigos hay de los más variados: víctimas de delitos a favor de la domiciliaria de los criminales, presos que recibieron el beneficio y volvieron a delinquir, represores fuera de penal, represores adentro. Pero, qué pasa en la generalidad.

Para comenzar el análisis, hay que alejarlo de la política. Las palabras del presidente Alberto Fernández no deciden nada. En Argentina hay jueces federales y provinciales que están resolviendo decenas de causas por día desde el 13 de marzo, antes de la cuarentena, cuando ya se había definido el grupo de riesgo del COVID-19.

De hecho, la recomendación de revisar la situación de detención viene de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La han adoptado varios países, no sólo Argentina. Por mencionar algunos: Brasil, Colombia, España, Estados Unidos, Turquía, Irán y Chile -en este último por indultos del presidente, sin pasar siquiera por un juez-. De todas las banderas y colores políticos. Guste o no.

En nuestro país el número es poco claro. Algunos medios nacionales hablan de 1.000 internos, otros de que un juez dictó domiciliarias en 2.500 casos por el coronavirus -algo difícil de pensar ya que debería haber resuelto un promedio de 80 causas por día-. El presidente del Consejo de la Magistratura habló de 200 beneficiados, aproximadamente.

El caso de Mendoza es más concreto. Son dos jueces los que están resolviendo las ejecuciones de condenas. Sebastián Sarmiento y Mariana Gardey. Ambos coinciden en que aproximadamente el 20% de las casi 200 causas que han tratado han sido favorables.

Cómo es el proceso: audiencia virtual. Juez, fiscal, defensa y abogado de víctimas -si es que presentan-. Se solicitan informes médicos al Servicio Penitenciario. Cada caso es distinto. Todo depende de la gravedad de delito, la edad de la víctima, si tiene enfermedad, qué tan grave es esa patología, cuánto tiempo de condena lleva cumplido.

En concreto, no es que un reo tiene mas de 65 años y asma entonces directamente se va a su casa. No. Todo lo contrario. En algunos casos, adultos que superan ampliamente ese rango etario no han obtenido el beneficio y se los ha reubicado a algún sector menos poblado del Servicio Penitenciario.

Otro error recurrente tiene que ver con el título de esta columna. Las comillas en liberación no son casualidad. Hablar de libertad a presos es erróneo. Se otorga el beneficio de prisión domiciliaria, no una libertad condicional o un indulto.

Se puede estar a favor de una postura o de otra. Dos posiciones radicales que se enfrentan hace años, no sólo en la sociedad sino entre los propios jueces. Y para eso está el Derecho. Pero siempre, siempre, la discusión se debe dar con datos certeros y sin generar falsas alarmas. Menos en tiempo de pandemia.