La Justicia de Chile condenó ayer a cinco ex carabineros y militares como autores del homicidio de Raúl Antonio Muñoz Muñoz, cuyo cadáver fue sepultado clandestinamente en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago tras el golpe militar de 1973, informaron fuentes judiciales.
La resolución del juez especial Mario Carroza condenó a cinco años y un día de prisión a los carabineros retirados Juan de Dios Mansilla, Luis Hernández Gutiérrez y Pedro Hormazábal Fuentes, autores del crimen, y a tres años y un día a José Torres Riquelme y Andrés Riquelme Hernández, aunque éstos podrán cumplir la pena en libertad vigilada, porque fueron considerados cómplices. Carroza, además, absolvió por falta de participación a otros dos enjuiciados, Iván González Jorquera y Carlos Moreira Donoso.
En el aspecto civil, el juez condenó al Estado a pagar una indemnización de unos 167.000 dólares a cada uno de los cuatro hijos de la víctima.
Según el expediente del caso, el 29 de setiembre de 1973 se produjo un altercado verbal y físico entre Muñoz Muñoz y dos vecinas, una de las cuales era esposa de un carabinero, en una población del sector santiaguino Recoleta. Horas después, una patrulla militar allanó el domicilio del hombre sin orden judicial, lo detuvo y lo trasladó al regimiento Buin, donde después de varias horas fue entregado a Carabineros y llevado a la prefectura de Servicios Especiales de esa institución.
De ahí, fue sacado varios días después para ser llevado supuestamente al Estadio Nacional, al que nunca llegó, y su nombre se sumó a las listas de detenidos desaparecidos.
En 1991, su cadáver fue exhumado y, posteriormente, identificado entre centenares de cuerpos que yacían en tumbas sin nombre en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago. Se determinó que la causa de su muerte fue un “traumatismo cráneo facial torácico y extremidad superior inferida por balas tipo homicida”.
Violencia sexualEn tanto, cuatro mujeres ratificaron ayer su intención de avanzar en una querella por violencia sexual durante la dictadura, una figura que no está tipificada en el Código Penal.
Alejandra Holzapfel, Nieves Ayress, Soledad Castillo y Nora Brito presentaron una denuncia por las vejaciones sexuales cometidas en los centros de detención conocidos como Venda Sexy, Londres 38, Tejas Verdes y Villa Grimaldi entre 1973 y 1990. Si la Justicia hace lugar a la querella, sería la primera sobre delitos de violencia sexual.
Estos crímenes aún no están tipificados en el Código Penal de Chile bajo el concepto de tortura, sino bajo la calificación de “apremios ilegítimos”, motivo por el cual muchos criminales lograron eludir a la Justicia.



