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En Perú

Darán un bono de 55 dólares por mes a menores que perdieron sus padres por coronavirus

El Estado peruano asistirá con un bono de orfandad hasta que cumplan 18 años, a casi 11 mil menores que se quedaron huérfanos en la pandemia
Editado por Diario UNO
diariouno@grupoamerica.com.ar

Perú es uno de los países más golpeados por la pandemia por coronavirus en la región. En las últimas horas abrió una inscripción para la entrega de un bono por orfandad o pensión mensual de 200 soles (unos 55 dólares) a cada niño que quedó huérfano de padre o madre por culpa del virus.

Estiman que son casi 11.000 menores los que en Perú que quedaron huérfanos de padre o madre por la pandemia. La ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Silvana Vargas, anunció la asistencia económica que se mantendrá hasta que cada niño cumpla los 18 años.

La inscripción y posterior evaluación concluirá en 20 días, a partir de los cuales el Gobierno comenzará con el pago de las pensiones.

La ministra explicó que la pensión de 200 soles (unos 55 dólares) mensuales se entregará a la persona que está al cuidado de los menores que sufrieron la pérdida de uno o ambos progenitores.

"Será una pensión por persona, es decir, si hay más de un menor en el hogar, cada uno de los niños tendrá derecho a una pensión", amplió.

El bono por orfandad había sido anunciada en julio pasado por el entonces presidente Martín Vizcarra pero con la caída de su Gobierno, el pago del subsidió se postergó.

Perú, que tiene 33 millones de habitantes, acumula más de 1,3 millones de contagios y supera los 47.800 muertos.

Pero además tiene su servicio sanitario colapsado en gran parte del territorio.

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Darán un bono por orfandad de 55 dólares por mes a menores que perdieron sus padres por coronavirus en Perú

Trámite para obtener el bono por orfandad

La pensión se otorgará a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, por lo que cualquier persona que esté a cargo de una niña, niño o adolescente que haya quedado huérfano puede solicitar que se le otorgue esta asignación a través de la mesa de partes virtual o física del INABIF (ingresando a www.gob.pe/Inabif) o pueden escribir un correo a mesadepartes@inabif.gob.pe

Requisitos

  • La persona que esté al cuidado del (la) beneficiaria/o deben acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente la persona fallecida por COVID (partida de nacimiento, certificado de nacido vivo, o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar).
  • Defunción por COVID.
  • Se privilegiará a las familias en situación de vulnerabilidad

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