Desde la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados, trabajan junto con colegas de Buenos Aires para proponer cambios en la ley. El abandono de mascotas también será penado.

Piden 4 años de cárcel efectiva para quienes maltraten a los animales

Por UNO

Siete meses de prisión en suspenso fue la pena que le impusieron a Ricardo Manson por haber prendido fuego (y mató) al perro callejero luego bautizado Fueguito y no existen sanciones judiciales o económicas para quienes abandonan a sus mascotas en la vía pública.

Esa situación es la que tanto las ONG protectoras de animales como la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados pretenden modificar.

La situación no es sencilla porque la ley que se pretende cambiar no es de Mendoza, sino nacional, pero los actores antes mencionados ya están trabajando en el tema y confían en poder cambiar el paradigma.

"Nosotros desde Asoreva, que es la ONG y desde el Colegio de Abogados, estamos abocados al tema y al asocio con gente que está en Buenos Aires, porque la legislación de fondo es la ley 14.346, la llamada Ley Sarmiento, tiene que modificarse en el Congreso de la Nación", explicó el abogado Oscar Alfredo Mellado.

El objetivo es cambiar varios aspectos de la norma, que data del año 1954 y que si bien fue revolucionaria para su época, según Mellado, ya quedó desactualizada y no solo en las penas, que son exiguas, sino también en las conductas que están tipificadas.

Actualmente lo único que se sanciona es una acción dolosa (como la del hombre que mató a Fueguito) de una persona que golpea o maltrata a un animal, pero con penas leves que son excarcelables, ya que van desde los 15 días hasta un año máximo.

Además, las conductas son limitadas porque la ley habla de actos de malos tratos y de crueldad. El primero es, por ejemplo, no darle de comer o beber, o someter a los animales a cargas pesadas, y es más leve que el acto de crueldad, que tiene que ver con matarlos o lastimarlos.

"Eso debiera estar más penado, pero en la ley tienen la misma pena y no se contempla lo culposo. Hay muchas personas que por imprudencias dejan sus perros en las calles, los pierden, se los atropellan", agregó Mellado.

En cuanto a las tipificaciones, el objetivo es que se incluya el abandono y que, además de una sanción judicial, se agreguen otras dos penas. Una económica que repercuta realmente en el dueño y otra que tenga que ver con la inhabilitación para volver a tener animales a cargo. "Si abandonaste un perro, no podés volver a tener una mascota", enfatizó el abogado.

Un Estado más eficiente

Desde hace más de una década, cuando se sancionó la ley 7.603 que prohibía la eutanasia como método de control de la población felina y canina callejera, se les impuso a las municipalidades que el único sistema utilizable era el de la castración y debían hacerse cargo.

Sin embargo, tanto Mellado como muchos rescatistas de animales callejeros coinciden en que si bien la mayoría de las comunas tienen su móviles de castración, no se están utilizando los recursos de manera adecuada.

"Ellos tienen que hacer castraciones gratuitas y masivas, meterse en los barrios más carenciados que están llenos de animales callejeros, pero quedarse hasta terminar. No sirve que vayan un día por la mañana y castren cinco perros. Acá hay una sola solución y es la castración, la esterilización masiva, gratuita y temprana", cerró el abogado defensor de los derechos de los animales.

"Queremos incluir actitudes culposas y negligentes porque no las hay. Solamente está contemplado lo doloso, es decir la intención"

"Consideramos delito la vivisección, que es partir al animal para hacer análisis de laboratorio. Se puede prescindir de los animales"

"Los rescatistas tienen una voluntad enorme, pero ya no saben dónde meter a los animales que levantan de las calles"

"El Estado cumple, pero a medias, porque van a un barrio y esterilizan a 5 perros, pero te nacen 200 más" (Alfredo Mellado, abogado defensor de los animales).

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