Con una llamativa condena terminó el sexto juicio por jurados en Mendoza. Tres hombres fueron considerados los autores del cruento asesinato de Juan Leonardo Lucero (24), en el caso conocido como Valija Fúnebre, pero el juez técnico decidió no darles prisión perpetua, tal como prevé la Ley.
Después del debate que se extendió de lunes a miércoles, a primera hora de este jueves los doce integrantes del jurado pasaron a deliberar para resolver la situación de los acusados. Ya en horas de la tarde dictaron un veredicto condenatorio.
De esa forma, el juez Eduardo Martearena condenó a los hermanos José Rafael (46) y Abel Augusto (39) Yañez y a Mariano Alan Gutiérrez (24) por homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
Si bien el Código Penal contempla prisión perpetua para esta calificación, el juez técnico Eduardo Martearena consideró que esa pena es inconstitucional ya que no tiende a resocializar a los condenados.
Es por esto que se realizará una audiencia dentro de 5 días para definir la pena que recibirán los hermanos Yañez y Gutiérrez. En tanto que el jefe fiscal de Homicidios Fernando Guzzo anticipó que apelará la situación ante la Suprema Corte Suprema.
Deuda de drogas
El 13 de julio de 2017 un cadáver calcinado y desmembrado fue hallado en el cementerio Los Andes Memorial, en Godoy Cruz. Los investigadores tardaron variar horas en identificarlo como Lucero, un cuidacoches que solía trabajar en Ciudad.
La hipótesis fiscal es que la víctima fatal solía comprarle estupefacientes a los hermanos Yáñez y tenía una deuda de drogas con ellos. Por eso, el 10 de julio lo llevaron a su domicilio y lo golpearon hasta dejarlo inconsciente.
Junto con Gutiérrez, cargaron el cuerpo en una valija y lo subieron a un vehículo, para luego prenderlo fuego en el lugar donde sería hallado tres días después, justamente, junto a la valija.
Una de las pruebas que utilizó el fiscal de Homicidios Gustavo Pirrello para acusarlos fueron escuchas telefónicas que se obtuvieron del teléfono celular de la víctima fatal, el cual estuvo en poder de Gutiérrez tras el cruento homicidio.
En tanto que el jurado popular descartó el agravante de alevosía, que se refiere al estado de indefensión en el que se encontraba la víctima: la Fiscalía consideraba que estaba vivo cuando lo prendieron fuego.