Una abogada presentó un habeas corpus en favor de los hoy más de 5.000 mendocinos detenidos por violar el decreto presidencial 297, que dispuso el aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el país. El planteo no prosperó, según las decisiones de dos jueces en primera y segunda instancia.

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La acción judicial apuntaba a que las autoridades del Ministerio de Seguridad explicaran en la Justicia las motivaciones para detener a esas personas, ya que los arrestos "vulneran la integridad física" y "violan principios constitucionales", entre otros argumentos.

Sin embargo, la jueza Natacha Cabeza rechazó el planteo bajo el argumento de que la Justicia no puede intervenir en los actos de otro de los poderes públicos, ni siquiera en los actos futuros.

La Justicia, le recordó a la abogada, debe "hacer cumplir la ley y controlar los actos ya acaecidos".

Aunque también dijo que el habeas corpus no es la vía idónea para reclamar lo reclamado, dio vía libre para que la letrada pudiera acudir en segunda instancia en etapa de apelación.

Fue el turno del juez Gonzalo Guiñazú, quien resolvió que el recurso de apelación "fue mal concedido", dando por zanjado el asunto.

Guiñazú coincidió con su colega en que los efectos del decreto presidencial 297 fueron cuestionados a través de un habeas corpus "sin la debida expresión de los agravios mínimos. Dicho recurso no cumple ni someramente con la específica indicación de puntos que exige la norma, no siendo posible determinar qué aspectos de hecho o derecho podrían verse agravados", concluyó.

Guiñazú es uno de los tantos jueces mendocinos que renunció en marzo para jubilarse pero que sigue ejerciendo, por vía remota en este caso, mientras ANSES le otorga el beneficio del retiro.