La condena por abuso sexual agravado que fue anulada por la Corte
Según la causa judicial, el ahora absuelto había sido condenado "por una cantidad indeterminada de episodios de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo" fechados en 2022 contra su hijo de tres años.
El ahora absuelto estuvo alojado en el pabellón penitenciario para condenados por delitos contra la integridad sexual.
Había sido aprehendido hace casi 3 años tras la denuncia judicial de la ex esposa y madre del hijo en común, cuando el chico tenía tres años.
Por qué la Corte anuló la condena y absolvió al padre del niño
El pronunciamiento de los tres jueces de la Suprema Corte de Justicia es consecuencia del análisis y aceptación del recurso de Casación presentado por el abogado del padre del niño de tres años contra la sentencia condenatoria del juez Agustín Chacón, integrante del Tribunal Penal Colegiado 1, que lleva el número 3.533.
Durante el proceso judicial penal que derivó en el juicio se analizaron la denuncia y las declaraciones testimoniales de la ex esposa del ahora absuelto y madre del niño de tres años, de los abuelos maternos y otros familiares del pequeño.
También declararon autoridades escolares y profesionales que intervinieron en peritajes practicados a las partes intervinientes.
La Corte advirtió "vicios procesales" en la condena por abuso ya anulada
Ya desde el comienzo del fallo de la Corte fechado este lunes, los jueces Garay, Valerio y Palermo coincidieron en aceptar el recurso de Casación en favor del condenado y absolverlo por el beneficio de la duda.
Se basaron, en los primeros tramos de los considerandos, en que la acusación inicial presentada por el Ministerio Público Fiscal contra el hombre "por una cantidad indeterminada de hechos" -plasmada durante la investigación- se restringió a un solo hecho durante la audiencia en juicio del 1 de julio de 2024.
Para la Corte, la sentencia del juez Chacón "adoleció de vicios procesales que ameritaron su anulación".
También le cuestionó no haber valorado el contenido de pruebas sensibles, como la declaración de una profesional del Cuerpo Médico Forense, que explicó -durante el debate- que no había indicios físicos de que el pequeño de tres años hubiera sido sometido sexualmente con acceso carnal, tal como indicó el fiscal investigador.
Más aún, atribuyó ciertas lesiones en la zona anal "a factores externos, como un rascado (...)".
La valoración de la declaración del menor de edad en Cámara Gessell, indicó la Corte, también fue valorada por el juez de sentencia "de manera arbitraria, tal como reclama la defensa del condenado".