El Gobierno reglamentó el primer tramo de la Ley Bases para avanzar el la reorganización de la administración centralizada y descentralizada y lo hizo a través del decreto 695 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos, y de los ministros de Economía Luis Caputo y de Desregulación Federico Sturzenegger.
La reglamentación avanza en la reorganización de la administración centralizada y descentralizada y en las privatizaciones, como así también en el empleo público.
Los aspectos centrales del decreto tienen que ver con cuatro aspectos: reorganización administrativa, privatizaciones, silencio administrativo y reglamentación y ajustes.
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El cuanto a la reorganización administrativa: se establece que el Poder Ejecutivo puede reorganizar, transformar, liquidar fondos fiduciarios públicos siguiendo la Ley N° 27.742.
Ley Bases y privatizaciones
Sobre las privatizaciones fija que se deben seguir procedimientos específicos para privatizar empresas estatales, que incluyen la presentación de informes y la publicación de convocatorias para ofertas.
Según se indicó en el Boletín Oficial, la jefatura de Gabinete de ministros dentro del plazo de 15 días contados a partir de la entrada en vigencia del documento, debe aprobar el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley N° 27.742.
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El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el precitado cronograma y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a las mismas.
El silencio administrativo positivo es una figura jurídica utilizada en el derecho administrativo. Se refiere a la interpretación que se le da a la falta de respuesta por parte de una administración pública dentro de un plazo establecido para resolver una solicitud presentada por un ciudadano.
Cuando se habla de "silencio administrativo positivo", se entiende que la falta de respuesta en el plazo estipulado se interpreta como una aceptación o aprobación tácita de la solicitud o petición presentada. Es decir, si la administración no responde a tiempo, se considera que ha aceptado lo solicitado por el ciudadano.
La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la citada jefatura debe adoptar las medidas necesarias con el fin de garantizar la implementación del silencio con sentido positivo a través de plataformas digitales, conforme lo expuesto en el artículo 3°.
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