Tras los reiterados reclamos de organizaciones pymes las empresas ya no estarán obligadas a realizar aportes económicos a las cámaras empresariales.
El gobierno nacional decidió eliminar esta práctica que había sido incorporada en algunos acuerdos colectivos y que generó reclamos por parte de algunos empresarios.
A través de un decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se establece que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.
El texto aclara que esta práctica no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cámaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras.
Mientras que el decreto aclara que estos pagos, desde ahora, sólo podrán realizarse de manera voluntaria, sin imposición legal.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, ya había comenzado el año pasado a “negociar” con la CAME y con la Cámara Argentina de Comercio (CAC) la eliminación gradual de estos aportes.
Aportes de las empresas a cámaras empresariales
En síntesis:
Los puntos principales del decreto
- Reconoce la autonomía de la voluntad colectiva de las partes en los convenios colectivos.
- Diferencia entre cláusulas normativas (relaciones obrero-patronales) y obligacionales (vinculan a las partes firmantes).
- Prohíbe la imposición de contribuciones obligatorias a favor de cámaras empresariales a empleadores no afiliados.
- Argumenta que esta práctica afecta la autonomía convencional, la libertad de contratación y de afiliación, y vulnera principios constitucionales.
- Establece que la homologación de convenios se limita a regular condiciones de trabajo, no el financiamiento de cámaras empresariales.
- La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no homologará convenios que incluyan contribuciones obligatorias a cámaras empresariales por parte de no afiliados.
- Establece que las contribuciones o aportes deben ser aceptadas voluntariamente, y que la aceptación puede revocarse.




