El gobierno nacional reestructuró la instalación de free shops en las fronteras terrestres de todo el país a través del decreto 438/2026. La decisión administrativa permite que los viajeros adquieran mercaderías sin cargas impositivas bajo condiciones similares a las que rigen actualmente en las terminales aeroportuarias internacionales de la Argentina.
Con esta normativa, la administración central incorporó una resolución del Mercosur aprobada originalmente en diciembre del 2018. El propósito explícito de la medida oficial consiste en equiparar la legislación con los sistemas comerciales que ya implementan los países socios del bloque regional, tales como Brasil, Uruguay y Paraguay.
El control aduanero en el nuevo régimen de free shops
Los locales comerciales que se establezcan bajo esta modalidad estarán condicionados a una doble autorización estatal. En primera instancia, el Ministerio de Economía dictaminará la habilitación comercial correspondiente para el funcionamiento de las tiendas libres. Posteriormente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) evaluará y autorizará tanto el predio físico como al operador desde la perspectiva del control aduanero.
Los comercios adscritos a este sistema de free shops se localizarán de manera exclusiva en los complejos de frontera habilitados que reúnan la infraestructura de fiscalización necesaria.
Las adquisiciones que efectúen las personas en estos establecimientos fronterizos quedarán integradas al marco normativo vigente del régimen de equipaje. Esta disposición legal determina que los elementos comprados deben orientarse al consumo o uso personal del viajero, quedando prohibida su comercialización con fines industriales o de reventa en el mercado interno. Las autoridades indicaron que se realizarán inspecciones minuciosas para garantizar que los productos adquiridos en los free shops cumplan estrictamente con las normativas vigentes, evitando desvíos comerciales que afecten a la producción de Mendoza.
Artículos autorizados y exclusiones en los free shops
La reglamentación de la medida contiene un listado específico de bienes que no podrán ser comercializados bajo ninguna circunstancia dentro del territorio aduanero de las tiendas francas. El Estado argentino adoptó en su totalidad las exclusiones pautadas en los acuerdos técnicos del bloque comercial. Quedan exceptuados del beneficio de exención impositiva los automotores, repuestos, combustibles, lubricantes, animales vivos y productos vegetales en general. Tampoco se autorizará el expendio de productos de la canasta básica alimentaria, armas de fuego, municiones, tabacos, cigarrillos, maquinaria agrícola y electrodomésticos de gran porte doméstico.
El listado de restricciones del nuevo esquema de free shops abarca materiales de construcción, insumos eléctricos y neumáticos para vehículos. En el rubro de indumentaria y calzado, la prohibición es generalizada, con la única excepción de las zapatillas de carácter deportivo y las denominadas ojotas veraniegas. Los operadores que deseen sumarse a este sistema de free shops deberán ajustar su oferta comercial a estas limitaciones, asegurando que los productos importados no compitan de manera desleal con las economías regionales y los comercios minoristas locales establecidos en la Provincia.
Adjudicación de licencias y plazos de aplicación para free shops
Las concesiones y permisos para la explotación económica de estos centros de compras se otorgarán mediante convocatorias y licitaciones públicas de carácter competitivo y transparente. Las autoridades nacionales conservan la facultad de restringir el número de locales autorizados en los pasos fronterizos basándose en criterios técnicos y logísticos.
Aquellos comercios minoristas que ya desarrollaban actividades bajo normativas aduaneras previas mantendrán la vigencia de sus contratos y operaciones en las condiciones originales. El control y la fiscalización del sistema recaerán sobre la Dirección General de Aduanas, organismo habilitado para retirar las licencias ante eventuales faltas al Código Aduanero.
El decreto presidencial entró en vigencia inmediata a partir de su publicación oficial, aunque su aplicación práctica demanda que el Ministerio de Economía y la agencia ARCA dicten las resoluciones de carácter complementario. Para la confección de estas especificaciones técnicas, ambas dependencias públicas disponen de un plazo de 30 días corridos.
Los nuevos free shops prometen cambiar la dinámica del comercio fronterizo, impactando directamente de manera paulatina en el flujo de pasajeros que transitan habitualmente por el Paso Internacional Cristo Redentor.





