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Economía prorrogó hasta 2026 el beneficio del impuesto al cheque para microempresas

Las pymes podrán seguir computando hasta el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos como pago a cuenta de contribuciones patronales al SIPA

El gobierno nacional extendió el beneficio que permite a las microempresas computar parte del Impuesto al cheque. Se trata del tributo que se realiza sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias como pago a cuenta de las contribuciones patronales, para las remuneraciones que se devenguen hasta el 31 de diciembre de 2026.

Según la normativa, las firmas categorizadas como microempresas pueden descontar hasta el 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado, monto que se aplica como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

El beneficio, que originalmente vencía en diciembre de 2024 y había sido prorrogado con anterioridad hasta fines de 2025, se mantendrá ahora vigente durante todo el ejercicio 2026.

La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5817/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La resolución adecua la normativa vigente a lo dispuesto por el Decreto N° 923/25, que extendió el plazo del beneficio ante la persistencia de los motivos que impulsaron su creación en 2023.

Para la determinación de los aportes y contribuciones, los empleadores deberán utilizar el sistema informático “Declaración en línea”. En ese marco, la resolución precisa que se debe emplear el release 5 de la versión 47 del programa, disponible en el sitio web institucional del organismo de recaudación y con acceso mediante Clave Fiscal.

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Las firmas categorizadas como microempresas pueden descontar hasta el 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado.

Las firmas categorizadas como microempresas pueden descontar hasta el 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado.

Qué es el Impuesto al cheque

El impuesto al cheque (Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias), un tributo de alcance nacional que grava los movimientos de dinero realizados a través del sistema financiero.

Fue creado en 2001, en el contexto de la crisis económica, como una medida transitoria, aunque con el paso de los años se convirtió en un impuesto permanente dentro de la estructura tributaria.

El impuesto se aplica sobre:

  • Cada crédito (depósito) en cuentas bancarias.

  • Cada débito (extracción, transferencia o pago) realizado desde esas cuentas.

La alícuota general es del 0,6% por cada movimiento, lo que implica una carga total del 1,2% si se considera el crédito y el débito de una misma operación. Existen, no obstante, alícuotas reducidas o exenciones para determinados sectores y operaciones.

Quiénes lo pagan:

  • Personas físicas
  • Empresas
  • Comercios
  • Monotributistas
  • Sociedades

Siempre que realicen movimientos a través de cuentas bancarias alcanzadas por el impuesto.

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