Qué dicen los 11 artículos del proyecto de ley con el que se pretende expropiar Vicentin

El proyecto de ley que enviará el Gobierno nacional al Congreso en los próximos días tiene once artículos, en los que se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación a la empresa Vicentin S.A.I.C.

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El proceso de expropiación estará regido por lo establecido en la Ley N° 21.499 y actuará como expropiante el organismo que designe a tal efecto el Poder Ejecutivo Nacional, dice el primer artículo.

El precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la Ley N° 21.499, debiendo el Tribunal de Tasaciones de la Nación efectuar la tasación de los mismos.

La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso expropiatorio será pagada -hasta el monto correspondiente-, con la deuda que Vicentin registre con el Banco Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos.

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El proyecto de ley autoriza al ministerio de Economía a contraer en el mercado local o internacional empréstitos y a emitir títulos de deuda pública o monedas complementarias a fin de abonar los saldos correspondientes al proceso expropiatorio, si los hubiere.

El proyecto también crea el Fondo Fiduciario Agro Argentina cuyo fiduciario y fideicomisario será el Estado Nacional y el Fiduciante la empresa YPF S.A., a través de YPF AGRO S.A.

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