Este lunes

Por el Día del Empleado de Comercio, negocios, shoppings y supermercados permanecen cerrados

Este lunes 26 de septiembre es el Día del Empleado de Comercio en todo el país. En Mendoza se celebra el cuarto lunes de este mes, y esta vez coincidió con el nacional. El objetivo que los locales no abran es para que los trabajadores celebren su día

Por UNO

Los comercios, supermercados minoristas y mayoristas, shoppings y malls no abrirán sus puertas este lunes 26 de septiembre debido a que se celebra el Día del Empleado de Comercio. El titular del Centro de Empleados de Comercio, Fernando Ligorria aseguró que está acordado que este día no se abran los negocios para que los trabajadores festejen su día. Los cines y locales de gastronomía funcionarán con normalidad.

El día del empleado de comercio es el 26 de septiembre, pero en Mendoza se acordó que fuese el cuarto lunes de este mes. Casualmente, este año coincidió la fecha.

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Los comercios en general estarán cerrados durante este lunes 26 de septiembre.

Los comercios en general estarán cerrados durante este lunes 26 de septiembre.

Fernando Ligorria, titular del Centro de Empleados de Comercio, explicó: "En Mendoza está acordado hace años con todos los shoppings o centros comerciales, supermercados, hipermercados, mayoristas, comercios del microcentro y comercios en general que no abran sus puertas. Está homologado en la Subsecretaría de Trabajo que el festejo de Día del Empleado de Comercio se hace sin apertura de los locales para que todos los empleados puedan descansar en su día".

Diferente es el caso de los cines, locales de comida de shoppings, gastronomía del centro quienes sí atenderán al público en sus horarios normales, debido a que pertenecen a otro gremio.

Cómo cobra el empleado de comercio su día

Las normas vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) con los alcances de la Ley 26.541 establecen que ese lunes para los empleados de comercio no se les podrá otorgar el día como franco compensatorio de descanso semanal.

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El Día del Empleado de Comercio se debe pagar como un día feriado si no presta servicio. Si el trabajador debe asistir, se le tendrá que pagar doble la jornada.

El Día del Empleado de Comercio se debe pagar como un día feriado si no presta servicio. Si el trabajador debe asistir, se le tendrá que pagar doble la jornada.

Se asimila el día a un feriado nacional "a todos los efectos legales". Así, si bien ese día no se prestan servicios, se debe pagar como un día feriado. Y en caso de que el trabajador deba asistir, se le tendrá que pagar doble la jornada.

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