El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) realizó modificaciones en el sistema de alta y actualización del Sistema Padrón de Diabéticos. El objetivo de esta medida es reforzar los controles de auditoría interna, garantizar la trazabilidad de la información clínica y optimizar los recursos financieros del organismo.
A partir de esta actualización, el trámite incorpora nuevas exigencias digitales y restricciones geográficas que tanto los médicos de cabecera como los afiliados de PAMI tendrán que cumplir para no perder el acceso al 100% de la cobertura en insulinas, hipoglucemiantes orales, tiras reactivas y lancetas.
¿Cuáles son los nuevos requisitos y documentos a presentar?
Se debe presentar documentación digital que certifique el diagnóstico del paciente. Los documentos y datos indispensables para el empadronamiento o renovación son:
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Análisis clínicos firmados por un profesional bioquímico: se deben registrar los valores de Glucemia (en mg/dl) y de Hemoglobina Glicosilada (HbA1c) (expresada en % o g/dl).
Formatos digitales específicos: el médico de cabecera deberá escanear y subir estos estudios de laboratorio a la plataforma web de PAMI únicamente en formatos .pdf o .jpg.
Límite de tamaño: cada archivo adjunto no puede superar 1 MB. El sistema informático cuenta con un control cruzado para detectar y bloquear automáticamente cualquier documento duplicado.
Documentación general: el afiliado debe tener al día su DNI y su Credencial de PAMI.
En el caso de que la plataforma de PAMI presente algún error técnico, el médico de cabecera será el encargago de descargar un formulario físico de Alta y Actualización de Diagnóstico, completarlo manualmente, firmarlo, sellarlo y entregárselo al afiliado. El paciente tendrá que presentar esta constancia física en su agencia previsional para que el personal administrativo realice la carga manual.
¿Cada cuánto hay que renovar el trámite en PAMI?
Desde PAMI aseguran que este trámite no es definitivo. Para mantener activos los beneficios y evitar que las recetas electrónicas sean bloqueadas por el sistema, la información del paciente debe actualizarse cada 12 meses. En caso de que los estudios cargados, superen el año de antigüedad, el sistema bloqueará la emisión de nuevas recetas de medicamentos e insumos.
En cuanto a los estudios de laboratorio, los mismos deben corresponder a los últimos 12 meses. Caso contrario, se tomarán como obsoletos.





