Ley de tránsito

Ni casco ni luces: la infracción de los ciclistas que les puede costar una multa de 850.000 pesos

Circular por la vereda, ir en contramano o no usar luces son faltas cotidianas que no solo ponen en riesgo la vida, sino que también impactan en el bolsillo. Qué dice la Ley de Tránsito y cuáles son las multas por las infracciones más comunes

En el ecosistema del tránsito actual, la bicicleta se ha consolidado como el medio de transporte sustentable por excelencia. Sin embargo, este crecimiento no ha ido acompañado de un mayor respeto por las normas de convivencia vial. Existe una creencia errónea de que el ciclista es un "peatón con ruedas", cuando la Ley de tránsito es taxativa: la bicicleta es un vehículo y, como tal, tiene obligaciones estrictas que se ignoran sistemáticamente en las calles.

bicicleta, beneficios.jpg
Los ciclistas no son "peatones con ruedas".

Los ciclistas no son "peatones con ruedas".

Basándonos en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (Artículos 40 bis y 46), estas son las infracciones más frecuentes y las obligaciones que todo usuario de dos ruedas debe respetar:

  • Prohibición de circular por la vereda: las aceras son de uso exclusivo para peatones. El ciclista debe circular por la calzada o por ciclovías/bicisendas donde existan. Solo los menores de 12 años pueden usar la vereda a paso de peatón.

  • Sentido de circulación: es una de las faltas más peligrosas. Los ciclistas deben respetar siempre el sentido del tránsito de la calle. Circular "en contramano" está estrictamente prohibido y anula cualquier prioridad de paso.

  • Equipamiento de seguridad: la ley exige el uso de casco abrochado y un sistema de iluminación obligatorio: luz blanca delantera y luz roja trasera, además de elementos retrorreflectantes en pedales y ruedas para ser visibles de noche.

  • Respeto por el semáforo: el ciclista tiene la misma obligación que un automovilista de detenerse ante la luz roja. El "filtrado" entre autos o el cruce en rojo es una de las principales causas de siniestros urbanos.

  • Prohibición de auriculares y celulares: el uso de dispositivos que disminuyan la audición o la atención está prohibido, ya que impide percibir señales sonoras críticas del entorno, como bocinas o sirenas de emergencia.
lampara, bicicleta
Luces (en la foto a fuerza de dínamo) y timbre o bocina son obligatorios para los ciclistas.

Luces (en la foto a fuerza de dínamo) y timbre o bocina son obligatorios para los ciclistas.

El costo de la infracción para ciclistas: valores de las multas en 2026

En Argentina, las sanciones se calculan en Unidades Fijas (UF), cuyo precio se actualiza según el valor del litro de nafta de mayor octanaje, que encima ha aumentado 13 veces en lo que va de marzo. Aunque cada jurisdicción tiene autonomía para fijar el monto exacto, los valores promedio nacionales para este año son:

  • Infracciones Leves (de 30 a 100 UF): incluyen la falta de luces reglamentarias, no llevar timbre o circular sin el casco abrochado. El costo estimado oscila entre $25.000 y $85.000.

  • Infracciones Graves (de 100 a 300 UF): contemplan maniobras peligrosas como circular por la vereda, ir en contramano o utilizar auriculares/celular mientras se conduce. El valor se sitúa entre $85.000 y $255.000.

  • Infracciones Gravísimas (de 300 a 1000 UF): cruce de semáforos en rojo, circular bajo efectos del alcohol o estupefacientes, o participar en competencias no autorizadas. Las multas pueden escalar desde los $255.000 hasta los $850.000.

Temas relacionados: