Nación habilitó y reguló la venta de vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina

A través de una resolución, Salud puso fin a la prohibición del uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos y estableció un marco de control

La regulación permitirá establecer estándares mínimos de seguridad y calidad, además de evitar la exhibición de estos productos junto a golosinas en kioscos y comercios

Creación del Registro Nacional

Uno de los ejes centrales de la resolución es la creación del Registro de Productos de Tabaco y Nicotina (RPTN). Este sistema funcionará como una base de datos informática donde fabricantes e importadores deberán inscribir obligatoriamente sus productos antes de ponerlos a la venta. El registro permitirá identificar componentes, envases y responsables de la cadena de comercialización, otorgando al Estado herramientas concretas para controlar y sancionar, según indicaron fuentes oficiales.

La regulación alcanza a tres categorías principales:

  • Dispositivos de Cigarrillo Electrónico (DCE) y sus soluciones líquidas.
  • Productos de Tabaco Calentado (PTC), que utilizan tecnología para calentar el tabaco sin llegar a la combustión.
  • Bolsas de Nicotina (BN), productos de uso bucal que no generan humo ni aerosol.

Restricciones y prohibiciones específicas

A pesar de la apertura a la comercialización legal, la normativa introduce limitaciones estrictas destinadas a proteger a la población, especialmente a menores de edad. En este sentido, la resolución prohíbe de forma explícita la venta de cigarrillos electrónicos descartables.

Asimismo, se eliminaron los saborizantes y aromatizantes en los líquidos para vapear, permitiendo únicamente aquellos sabores que el Ministerio de Salud considere autorizados bajo criterios técnicos. Esta medida busca reducir el atractivo de los productos para niños y adolescentes.

Tres de cada 10 alumnos de la secundaria fuma cigarrillos electrónicos.

En materia de publicidad, los nuevos productos quedarán sujetos a la Ley Nacional 26.687 de Regulación de Publicidad, Promoción y Consumo de los Productos Elaborados con Tabaco. Esto implica la obligatoriedad de incluir advertencias sanitarias en el empaquetado y la prohibición de utilizar imágenes de celebridades o mensajes que sugieran que estos dispositivos son inocuos o menos perjudiciales que el tabaco convencional sin evidencia científica que lo respalde.

El consumo en adolescentes

La decisión gubernamental se apoya en estadísticas que reflejan un cambio en los hábitos de consumo. Datos del séptimo estudio nacional de la Sedronar (2025) señalan que el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos alcanzó una prevalencia del 35,5% entre estudiantes secundarios; se posiciona así como la tercera sustancia de mayor consumo en esa franja etaria.

Desde la cartera sanitaria argumentaron que la regulación permitirá establecer estándares mínimos de seguridad y calidad, además de evitar la exhibición de estos productos junto a golosinas en kioscos y comercios, una práctica denunciada recientemente por diversas organizaciones de salud.

Impacto y transición

La implementación del registro y las nuevas condiciones de fiscalización estarán a cargo de la Subsecretaría de Planificación y Programación Sanitaria, que dispondrá de un plazo de 45 días para poner en marcha los mecanismos operativos.

El gobierno nacional sostiene que este cambio de paradigma, alineado con políticas adoptadas en países como Estados Unidos y el Reino Unido, apunta a generar condiciones para que los fumadores actuales puedan transitar hacia alternativas que, bajo supervisión estatal, reduzcan el impacto del humo ambiental y mejoren la salud pública a través de la formalización de un mercado que hoy opera en las sombras.

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