En Mendoza, uno de cada diez presos está detenido bajo la modalidad de prisión domiciliaria, como la mujer que este miércoles mató, descuartizó y quemó en una parilla a un hombre en Dorrego, Guaymallén. En la actualidad hay 6.860 personas privadas de su libertad, de las cuales 540 no están alojadas en una cárcel.

El año pasado, de las 577 personas privadas de su libertad que gozaron de arresto domiciliario, 234 estaban vinculadas a casos de abuso sexual o violación, según un informe del Servicio Penitenciario al que tuvo acceso Diario UNO. Es decir, aproximadamente 4 de cada 10.

En segundo lugar en el ranking se encuentran personas vinculadas a delitos de robo o tentativas de robo, con 125 casos. Además, hay 96 presos en prisión domiciliaria por amenazas.

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Otro de los datos llamativos es que de cerca a las amenazas siguen los privados de su libertad por delitos de corrupción. En total, hay 70 con modalidad de detención domiciliaria por defraudación al estado.

La empresa que controla el cumplimiento de las prisiones domiciliarias en todo el país es Surely. Ellos detectan en tiempo real aquellas personas que hayan intentado realizar salidas no permitidas, romper la tobillera o cuando el dispositivo pierde señal.

La diferencia por género de los privados por su libertad que están en sus casas

En cuanto al género, el 85% de las personas con prisión domiciliaria son varones, lo que equivale a un total de 490. Mientras tanto, solo 87 mujeres gozan de este beneficio, representando el 15% restante.

Este dato se explica por la abismal diferencia en la población carcelaria por género: en Mendoza, hay sólo 192 mujeres que están formalmente acusadas o condenadas por algún delito.

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Con estos datos, surge que el 45% de las mujeres que están en proceso de investigación o que han sido halladas culpables de un delito tienen prisión domiciliaria.

Por otro lado, de la totalidad de presos varones (6.668), casi el 7% accede a la modalidad de detención en un domicilio.

La evolución interanual de las detenciones domiciliarias

El mismo informe indicó en 2024 que las prisiones domiciliarias otorgadas se redujeron 3% con respecto a 2023. Pasaron de un total de 597 a 577 respectivamente.

Si se tiene en cuenta desde el 2012 hasta el 2024, el año que registró más beneficios de prisión domiciliaria fue el inicio de la pandemia por el Covid-19 que llegó a marcar 1.025 presos en sus casas.

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Sin contar la particularidad de una cuarentena prácticamente mundial, y donde se tomó la decisión de regresar a presos a sus casas por razones humanitarias, el anterior año que mayor número registró fue en 2019 con 748.

Desde la pandemia a 2024 fue disminuyendo: 2021 (797), 2022 (691), 2023 (597) y 2024 (577).

Situación judicial y edad de los beneficiados con prisión domiciliaria

Con respecto a la situación judicial de las personas privadas de su libertad en modalidad domiciliaria surge que solo el 33,10% son personas condenadas (191 de las 577) y el 66,90% (386) están procesados.

La edad varía de la siguiente manera:

  • Entre 18 y 20 años: 2,95% (17)
  • Entre 21 y 25 años: 13,52% (78)
  • Entre 26 y 30: 14,90% (86)
  • Entre 31 y 35: 15,25% (88)
  • Entre 36 y 40: 11,79% (68)
  • Entre 41 y 45: 7,28% (42)
  • Entre 46 y 50: 6,41% (37)
  • Entre 51 y 55: 4,68% (27)
  • Entre 56 y 60: 2,77% (16)
  • Más de 61 años: 20,45% (118)

¿En qué localidades viven los beneficiados con prisión domiciliaria?

El 47,83% de las detenciones domiciliarias se da en Guaymallén, Las Heras y Godoy Cruz. En el resto de los departamentos se divide de la siguiente manera:

  • Guaymallén: 20,52% (120)
  • Las Heras: 15,83% (91)
  • Godoy Cruz: 11,48% (66)
  • Maipú: 10,26% (59)
  • Luján de Cuyo: 7,13% (41)
  • Capital: 6,61% (38)
  • San Rafael: 5,22%
  • San Martín: 4,87% (28)
  • General Alvear: 3,65% (21)
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  • Tunuyán: 2,43% (14)
  • Junín: 2,26% (13)
  • Lavalle: 1,74% (10)
  • Rivadavia: 1,74% (10)
  • Malargüe: 1,74% (10)
  • Tupungato: 1,39% (8)
  • Santa Rosa: 1,04% (6)
  • San Carlos: 0,87% (5)
  • La Paz: 0,70% (4)
  • Otros: 0,52% (3).

El macabro y reciente asesinato protagonizado por una mujer con prisión domiciliaria

El miércoles por la noche, alrededor de las 23, la Policía dio a conocer un escabroso caso que conmocionó a toda la provincia. Una mujer y un hombre habrían descuartizado y luego quemado en una parrilla a un hombre de 41 años. Con el correr de las horas, se supo que la mujer cumplía prisión domiciliaria luego de una condena por robo en 2019. Tenía cinco hijas y por eso le habían dado el beneficio.

¿Por qué razones un preso puede acceder a la detención domiciliaria?

El artículo 33 de la ley 24.660, norma que regula la ejecución de las penas en Argentina, establece que un juez puede otorgarle prisión domiciliaria a un preso en los siguientes casos:

  1. Al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario;
  2. Al interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal;
  3. Al interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel;
  4. Al interno mayor de 70 años;
  5. A la mujer embarazada;
  6. A la madre de un niño menor de cinco años o de una persona con discapacidad a su cargo.

Este artículo referido a la prisión domiciliaria de ninguna manera significa que la concesión del beneficio para el encarcelado sea automático. Es decir, no porque una persona cumpla 70 años inmediatamente recibirá esta modalidad de encierro. Por el contrario, es el juez de ejecución penal quien hará una valoración sobre las condiciones de la persona privada de su libertad y tomará una decisión.

Aunque en el proceso de investigación la decisión sobre el otorgamiento del arresto domiciliario corresponde al juez de instrucción; en cambio, si el caso ya fue elevado a juicio oral, será el Tribunal Oral —es decir, el órgano que emitirá la sentencia— quien determine el tipo de privación de libertad aplicable.

La ley que regula la prisión domiciliaria establece, además, que en los primeros tres casos debe presentarse un informe médico, psicológico y social que certifique la existencia de dificultades para que la persona permanezca en la cárcel.