DNU de cuarentena obligatoria: qué dice y cuáles son los alcances de la medida

El decreto de necesidad y urgencia que declara el "aislamiento social, preventivo y obligatorio" anunciado por el presidente Alberto Fernández, el 19 de marzo establece que la medida se adopta "ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes" y con el objetivo de "proteger la salud pública".

"A fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' en los términos indicados en el presente decreto", dice el artículo 1 de la norma publicada en el Boletín Oficial.

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En los considerandos de la medida, se indica que "nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario".

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El texto del DNU establece que el aislamiento regirá "hasta el 31 de marzo, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica". La prolongación, aún cuando se han ido sumando excepciones, se extiende hasta el 13 de abril y probablemente se prolongue unos días más.

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En el artículo 2, se indica que durante la vigencia del aislamiento "las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren al momento de inicio de la medida dispuesta" y "deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas".

En tanto, especifica que, "quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento dispuesto en el artículo 1°, solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos".

El decreto establece asimismo que el Ministerio de Seguridad "dispondrá controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para garantizar el cumplimiento del aislamiento, de las normas vigentes dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias".

El artículo 4 de la norma indica que "cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".

Además, señala que el ministerio a cargo de Sabina Frederic "deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el presente decreto y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos, para salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus".

Durante la vigencia del aislamiento, "no podrán realizarse eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas" y además "se suspende la apertura de locales, centros comerciales, establecimientos mayoristas y minoristas, y cualquier otro lugar que requiera la presencia de personas".

En el artículo 6 del DNU quedan establecidas 24 excepciones del cumplimiento del aislamiento (luego se agregaron algunas más) para las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, y se especifica que "sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios".

Las excepciones fueron ampliadas con el correr de los días a través de modificaciones en busca de garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

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