El Día del Empleado de Comercio será este lunes 26 de septiembre. Por lo tanto, los supermercados y locales comerciales en general y de los shoppings de Mendoza estarán cerrados.
El Día del Empleado de Comercio será este lunes 26 de septiembre. Por lo tanto, los supermercados y locales comerciales en general y de los shoppings de Mendoza estarán cerrados.
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Por este motivo los super e hipermercados y mayoristas ya advierten a su clientela que organicen sus compras teniendo en cuenta que este lunes no abrirán sus puertas.
"En Mendoza está acordado desde hace años con todos los shoppings o centros comerciales, supermercados, hipermercados, mayoristas, comercios del microcentro y comercios en general que no abran sus puertas. Está homologado en la Subsecretaría de Trabajo que el festejo de Día del Empleado de Comercio se hace sin apertura de los locales para que todos los empleados puedan descansar en su día. Se paga como un día normal", explicó el titular del Centro de Empleados de Comercio, Fernando Ligorria a UNO.
Entonces, este lunes 26 de septiembre, Día del Empleado de Comercio todos los empleados de este sector gozarán de una jornada de descanso y los comercios estarán cerrados.
Sin importar en qué día caiga, el Día del Empleado de Comercio se celebra en Mendoza el cuarto lunes del mes de septiembre. Este año coincide la fecha de festejo con el cuarto lunes de este mes.
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Sin embargo, los cines y locales de comida de shoppings, como así también los del resto de la provincia, sí atenderán al público en sus horarios normales, ya que pertenecen a otros gremios, es decir: no están bajo el convenio de empleados de comercio.
A nivel nacional, el próximo lunes, los comerciantes no estarán obligados a cerrar sus locales, aunque es algo a lo que se acostumbra, a tal punto que las grandes cadenas de supermercados y los centros comerciales no abrirán sus puertas.
Sin embargo, los empleadores que decidan abrir sus comercios deberán acordar, junto a los trabajadores de su compañía, la modalidad que se llevará a cabo en cada caso, excepto en ciertas profesiones que se rigen por su propia reglamentación. En caso de que se decida que deberán trabajar ese día, la jornada deberá ser remunerada como una jornada normal más el monto que corresponde a un feriado (es decir, el empleado cobra doble).