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Cómo saber si me devuelven el IVA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el programa Compre sin IVA y hay millones de beneficiarios. Cómo saber si me devuelven el IVA

Se puso en marcha este lunes 18 de septiembre el programa Compre sin IVA a través la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Este programa buscar llegar y beneficiar a jubilados, pensionados, personas con AUH, pensiones no contributivas, y monotributistas puros.

Compre sin IVA aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Cómo saber si me devuelven el IVA

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Según fuentes de AFIP, alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio sobre la compra alimentos y productos de higiene personal, sin necesidad de hacer ningún trámite. Se prevé un reintegro del impuesto con un tope de $18.800.

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Es importante aclarar que esta web aplica solamente a beneficiarios anteriores como jubilados y pensionados que ya accedían al reintegro de $4.000 mensuales, no a las nuevos sujetos alcanzados.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un sitio en el que las personas pueden consultar si están incluidas como beneficiarias del programa Compre sin IVA.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un sitio en el que las personas pueden consultar si están incluidas como beneficiarias del programa Compre sin IVA.

Devolución del IVA: quiénes son los beneficiarios alcanzados

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

  • Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
  • Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social. El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
  • Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
  • Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito.

En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas. Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

Personal de Casas Particulares.

  • Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.
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Devolución del IVA: personas excluidas

Estarán excluidas del régimen de reintegros:

  • Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
  • Trabajadores autónomos.

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