El Código de Autorización Electrónica (CAE) es un número, único e irrepetible, que asigna la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ante cada emisión de facturas y comprobantes que se realizan por Internet a través de su sitio web, a través del cual realiza el control de cada una de las operaciones efectuadas por sus contribuyentes.
El CAE (Código de Autorización Electrónico) es un número (similar al CAI que se usa para confeccionar comprobantes en papel) que le otorga validez fiscal a la factura.
Este código debe estar incluido en la facturación electrónica, detallando su vencimiento (plazo a ser informado al cliente), código del comprobante y los demás datos de facturación.
Cómo obtener el CAE
Para confeccionar facturas, recibos, notas de crédito y notas de débito electrónicos originales, los sujetos obligados deberán solicitar a la AFIP el Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) ingresando en www.afip.gob.ar.
La emisión del CAE es canalizado por la AFIP ya sea por el aplicativo Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE), WebService o la sección Comprobantes en línea (para la confección de facturas electrónicas).
- a) WebService, cuyas especificaciones técnicas se encuentran publicadas en el micrositio de Factura Electrónica, opción WebService.
- b) El servicio con clave fiscal nivel 3 o superior Comprobantes en línea. Se podrá acceder a la guía paso a paso aquí.
- c) La aplicación para tablet o celular Facturador Móvil. Se podrá acceder a más información ingresando aquí.
Los puntos de venta deberán ser específicos y distintos a los utilizados para documentos que se emitan mediante Controlador Fiscal, manualmente o como Autoimpresor, y/o para otros regímenes o sistemas de facturación. En tal sentido, de resultar necesario podrá emplearse más de uno.
El paso a paso para obtener el CAE
- Primero hay que habilitar el punto de venta ingresando a Regímenes de facturación y registración RECE/RFI/REAR.
- Crear los puntos de ventas para las facturas electrónicas ingresando al servicio de la administración de puntos de venta y domicilios
- Seleccionar la empresa, ingresar al menú de A/B/M de los puntos de venta y hacer clic en el botón agregar.
- Ingresar el número del punto de venta y el nombre de fantasía, seleccionar la opción RECE para aplicativo y web services, para el sistema de facturación que se desee, también elegir el domicilio y presionar el botón Aceptar.
- Realizado este procedimiento, el punto de venta ya habrá sido dado de alta y está listo para que pueda ser utilizado.
- Luego se debe generar el certificado digital, que es un archivo .csr.
- Este certificado es una llave para identificarse frente a la AFIP cada vez que emita alguna factura.
- Con el archivo .csr que del paso anterior, lo siguiente es la tener el certificado digital .crt desde el sitio web del AFIP.
- Ingresar al servicio de la administración de certificados digitales y completar todos los datos, como el Alias que corresponde y el archivo .csr.
- Luego aparecerá una ventana con el link que le dará la opción de descargar el archivo.crt.
- Ese es el certificado digital expedido por la AFIP que permite la realización de la factura electrónica.
- Asociar el contribuyente a la web service de las facturas electrónicas.
- Ingresar a Servicios administrativos de la clave fiscal y a Administrador de las relaciones de la clave fiscal.
- Ir a la opción Nueva Relación – Buscar Servicios – AFIP WebServices.
- Buscar en el listado de la opción Facturación Electrónica – Factura Electrónica Hacer clic en asociar el nombre de la empresa al servicio de la facturación electrónica. Presionar Confirmar.
Fecha de vencimiento CAE
Es el plazo en que debe ser puesta a disposición la factura electrónica al cliente. Este plazo es dentro de los 10 días corridos contados desde la asignación del CAE..
La Factura electrónica propiamente dicha no tiene vencimiento.
Como actualizar el CAE
Ingresar a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y hacer clic en la opción ACCESO CON CLAVE FISCAL.
Es importante aclarar que si restan 31 días o más para la fecha de vencimiento del certificado NO deberá ser renovado.
Si restan 30 días o menos para su vencimiento, automáticamente aparecerá el botón Solicitar Renovación.



