¡Cuidado!

ARCA: ¿qué pasa si soy monotributista y no facturo?

Según la cantidad de tiempo durante el cual se extienda esta situación, las medidas que ARCA puede tomar se irán agravando

Por UNO

Pequeños y medianos contribuyentes se anotan en el Monotributo 2025 para vender bienes o prestar servicios de modo tal que estén dentro de lo que exige legalmente ARCA. Pero la pregunta que muchos se hacen es ¿qué pasa si soy monotributista y no facturo?.

Desde de junio de 1998 y por Ley 24.977, el Monotributo se legalizó como un régimen simplificado que concentra los componentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la del Impuesto a las Ganancias, los aportes a la jubilación y a la obra social en un único pago mensual. Estas obligaciones son las que el contribuyente debe cumplir ante ARCA, el ente recaudador de Argentina.

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El monotributo abrió la posibilidad de que millones de trabajadores independientes realicen sus actividades comerciales o profesionales. No obstante, más allá de que el Monotributo fue concebido para personas que tienen ingresos mes a mes, es posible que algunos contribuyentes no emitan facturas con regularidad.

¿Qué pasa si me inscribo como monotributista y no facturo?

En primer lugar hay que remarcar que no existe un límite de tiempo en el que un contribuyente inscripto en el Monotributo pueda estar sin facturar. No obstante, si un monotributista no factura durante un período de tiempo determinado esto puede provocar que la AFIP le solicite que justifique las razones por las que no ha emitido comprobantes de su actividad.

Si el monotributista regulariza su facturación y pone al día la deuda contraída ante ARCA, podrá continuar con su actividad dentro del régimen simplificado. En el caso contrario, si la falta de facturación persiste, es decir que el contribuyente va contra las obligaciones, el ente recaudador puede tomar alguna de las siguientes medidas:

  • Excluirlo.
  • Inhabilitarlo.
  • Multarlo.

¿Qué pasa si soy monotributista y no tengo ingresos?

Existen ejemplos de monotributistas en los que los contribuyentes están inscriptos en el Monotributo y durante una determinada cantidad de tiempo no generan ingresos. Ante la falta de ingresos tampoco se podrá hacer frente a las obligaciones que el mismo régimen simplificado impone.

En el caso de que la falta de ingresos no se extienda por mucho tiempo, la situación puede subsanarse una vez que el monotributista retome la facturación. Pero si la situación se prolonga, las medidas pueden ser más complejas.

A su vez, si los pequeños y medianos contribuyentes no cumplen con las obligaciones que les impone el régimen simplificado del Monotributo por un periodo de 10 meses consecutivos, ARCA los dará de baja de forma automática.

Si bien es una situación complicada, una vez que el monotributista salde todas las deudas y cancele sus obligaciones ante la AFIP, podrá volver a ingresar al régimen.

Es importante aclarar que el capital de las deudas contraídas con la AFIP genera intereses y, con el transcurso del tiempo, éstos se acumulan. A su vez, aquel contribuyente que quede suspendido del Monotributo también dejará de aportar para su futura jubilación y a la obra social.

Las obligaciones de un monotributista

Todo monotributista debe cumplir con una serie de obligaciones para con ARCA. Obligaciones que, como toda ley, se presumen conocidas.

Entre las más importantes se destaca el pago del importe mensual. De producirse un atraso, la deuda también generará intereses y podrán ser abonados, previo a la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP), a través de distintos medios.

Además existen diferentes categorías del Monotributo, siendo "A" la de menor nivel de facturación; y "K", la de mayores ingresos. Mantenerse dentro de la categoría acorde al nivel de facturación es una de las obligaciones de los contribuyentes.

Finalmente todo monotributista tiene la obligación de recategorizarse una vez al año. De no hacerlo, ARCA podrá cambiar de categoría a un contribuyente si considera que se excedió en su facturación.

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