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ANSES y una importante solución para muchas personas: de qué se trata

ANSES puso a disposición de muchos beneficiarios una solución para realizar uno de los trámites más importantes que tiene el organismo

La Administración Nacional de Seguridad Social implementó un importante cambio en uno de los trámites que más se llevan a cabo en ANSES y les brinda a muchísimos beneficiarios una solución práctica logrando que no se tengan que acercar a una oficina del organismo.

ANSES dio a conocer en su sitio oficial que ahora podés hacer este importante trámite por internet sin la necesidad de acercarse a una sucursal del ente nacional dirigido ejecutivamente por Fernando Bearzi.

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La Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado le corresponde al cónyuge, conviviente previsional e hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad).

La Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado le corresponde al cónyuge, conviviente previsional e hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad).

ANSES y el importante trámite que se puede hacer por internet

ANSES entrega la pensión por fallecimiento de un jubilado con el fin de garantizar un acompañamiento económico al familiar del titular fallecido. La misma le corresponde al cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad). El trámite a partir de ahora se puede realizar por internet, en Mi ANSES, sin la necesidad de ir hasta una oficina del organismo.

Para poder solicitar la pensión por fallecimiento de un jubilado hay que tener en cuenta que para realizar este trámite en ANSES deben haber transcurrido 10 días hábiles desde el fallecimiento de la persona jubilada.

Los requisitos, dependiendo del parentesco, son:

  • Cónyuge: partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento)
  • Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años
  • Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido
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El trámite de la

El trámite de la "Pensión derivada" por fallecimiento de un jubilado, a la que pueden acceder los familiares de un jubilado fallecido, se puede realizar desde ahora por internet.

ANSES: cómo realizar el trámite por internet

ANSES dio a conocer en su página web que para solicitar la pensión por internet es necesario que:

  • Tus datos personales y los del fallecimiento del jubilado se encuentren acreditados
  • Tengas tu matrimonio acreditado con partida actualizada a una fecha no mayor a 6 meses anteriores al fallecimiento o convivencia previsional acreditada dentro del mismo período
  • Tus datos de contacto se encuentren verificados (celular y correo electrónico)

Por otro lado, explica un importante dato y es que podés hacer este trámite por internet hasta 4 meses después de la fecha de fallecimiento del jubilado. Cumplido este plazo deberás realizarlo presencialmente en una oficina de ANSES.

ANSES: paso a paso para hacer el trámite por internet

1. Ingresá en Mi ANSES

Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y clave de la Seguridad Social y revisá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.

2. Solicitá la pensión derivada

En el menú mi ANSES seleccioná Solicitud de Prestaciones > Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado y seguí los pasos. Recordá tener a mano:

  • tu número de CUIL, el del jubilado fallecido y de tus hijos (si corresponde)
  • el número de la prestación de jubilación del titular fallecido.

3. Verificá tu solicitud

A partir de las 72 h de haber realizado la solicitud, podés hacer el seguimiento a través de mi ANSES. Vas a recibir un correo electrónico con el resultado una vez finalizado.

Tené en cuenta que para realizar solicitar la pensión por mi ANSES deben haber transcurrido entre 10 días hábiles y hasta 4 meses desde la fecha de fallecimiento del titular. Posteriormente a ese plazo, deberás solicitarla en una oficina.

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