La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) les brinda a los adultos mayores la posibilidad de realizar un trámite clave para recibir una ayuda muy necesaria ante la imposibilidad de no poder cobrar la jubilación o la pensión.
ANSES da a conocer en su página web toda la información que los titulares de jubilaciones y pensiones deben conocer para que puedan designar a un apoderado para realizar trámites o cobrar en su nombre.
El principal requisito para nombrar a una persona como apoderada o representante tiene que ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipado.
Los jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado ante ANSES
ANSES les recuerda que todos los adultos mayores que no puedan cobrar su jubilación o pensión por sus propios medios, pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir su prestación en su nombre.
Para designar a un apoderado, es necesario que los datos de los los adultos mayores y los de su grupo familiar estén registrados y actualizados en mi ANSES, para luego solicitar un turno y concurrir con DNI y la documentación correspondiente a la oficina más cercana al domicilio. Si el designado es un familiar del jubilado o pensionado, no es necesario el turno previo.
Los adultos mayores pueden designar ante ANSES a un apoderado para dos clases de trámites
- Para para realizar cualquier tipo de trámite
- O, para cobrar la jubilación o pensión
ANSES: a quiénes pueden designar como apoderado para trámites
Se puede designar como apoderado para trámites a:
- Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado
- Tutor o curador
- Abogado
- Representante diplomático o consular
ANSES: a quiénes pueden designar como apoderado para cobro
La designación de apoderado para cobro pueden ser:
- Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
- Un banco para el cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción giro al exterior. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.
- Entidad pública nacional, provincial o municipal.
- Director o administrador de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados (para personas internadas en la institución).
- Representante especial por tiempo determinado, cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutual o institución de asistencia social.
- Abogado o procurador con poder certificado ante escribano.
Es importante remarcar que si el adulto mayor quiere designar a un familiar como apoderado se pueden acercar a una oficina de ANSES sin turno previo.
ANSES: qué documentación se necesita para designar un apoderado
La documentación que se necesita para presentar en ANSES para designar un apoderado o representante varía según el caso:
- Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco
- Conviviente Previsional: tenés que tener acreditada la relación como conviviente previsional
- Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria
- Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor
- Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones
- Abogado: credencial vigente



