Los jubilados recibieron una pésima noticia por parte de la ANSES sobre el pago del aguinaldo de junio.

Vale recordar que en el sexto mes del año, ANSES debe abonar a los jubilados los haberes correspondientes a junio, un bono de $70.000 a aquellos que cobran la mínima y el aguinaldo. Pero el organismo ha confirmado una mala noticia sobre esto último.

La mala noticia de ANSES para los jubilados

Los haberes del mes de junio que recibirán los jubilados por parte de ANSES será el que se tenga en cuenta para el pago del aguinaldo, pero es aquí donde surge un problema.

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Esto se debe a que todos los jubilados de ANSES ya tienen asegurado un ingreso mínimo de $374.695,08 durante el mes de junio. Pero, la jubilación mínima será de $304.695,08, mientras que el saldo restante corresponde al bono de $70.000.

Esa diferenciación es muy importante en el caso de los jubilados, ya que el aguinaldo no tiene en cuenta el bono, por lo que se calcula sobre la jubilación mínima y no sobre la suma total que ANSES le pagará a este sector de beneficiarios. Es decir, va a ser de la mitad de esos $304.695,08.

ANSES: Fecha de pago del aguinaldo y los haberes a jubilados en junio

Según el calendario de pago de ANSES, los jubilados cobrarán en la misma fecha de junio los haberes y el correspondiente aguinaldo. Las fechas de pago son las siguientes:

Jubilados que no superan un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0: a partir del día 9 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 1: a partir del día 10 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 2: a partir del día 11 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 3: a partir del día 12 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 4: a partir del día 13 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 5: a partir del día 17 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 6: a partir del día 18 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 7: a partir del día 18 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 8: a partir del día 19 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 9: a partir del día 23 de junio de 2025
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Jubilados que superan un haber mínimo:

  • Documentos terminados en 0 y 1: a partir del día 24 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del día 25 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del día 26 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del día 27 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del día 30 de junio de 2025

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