La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) comunicó la prohibición del uso y venta en el país del orégano deshidratado marca Carrefour y unas pastillas de chocolate confitadas marca Disqueti.
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Según se publicó este jueves en el Boletín Oficial, el organismo prohibió el uso y comercialización del orégano deshidratado marca Carrefour selección, por 15 gramos de peso neto, lote 180713, fecha de vencimiento julio de 2020 (RNPA 02-589063, elaborado por RNE 02-034648), comercializado por INC SA.
El Instituto Nacional de Alimentos (Inal) explicó que este producto viola una serie de normativas del Código Alimentario Argentino "por estar adulterado, ya que presenta en su composición más de 25 por ciento de salvado de trigo coloreado, más de tres por ciento de hojas que no se corresponden con orégano ni con salvado de trigo, como así también elementos histológicos de orégano, trigo y perejil resultando ser en consecuencia ilegal".
Sin embargo, pese a lo informado, también aclararon que "presenta una baja probabilidad de consecuencias adversas para la salud de los consumidores".
Por otra parte, se prohibió la comercialización en todo el país de las pastillas de chocolate confitadas, coloridas y aromatizadas artificialmente, libres de gluten, marca Disqueti, importado por Sweet SA (RNE 21-099409 y RNE 02-034620).
El Inal señaló que el producto no tiene autorización y en un local comercial de la ciudad de Buenos Aires lleva la leyenda “libre de gluten” "sin estar autorizado como tal, por lo que resultaría ser ilegal".
Además, se decidió iniciar un sumario tanto a la sociedad propietaria del local donde se comercializaba el producto como a la empresa que importadora del producto.