El presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Alejandro Marmoni, inscribió la personalidad jurídica de la comunidad mapuche Lof El Sosneado, aquella que la tenía en trámite cuando fue beneficiada con el reconocimiento de la ocupación ancentral de más de 21.000 hectáreas de San Rafael.
La Nación le dio personería jurídica a los mapuches que ocupan 21.000 hectáreas en San Rafael
Esa falta de personería jurídica fue uno de los puntos atacados por Mendoza ante la Corte y privados ante la Justicia local, dado que uno de los requisitos para el cumplimiento de la Ley N° 23.302 es justamente tenerla.
"Inscríbase la personería jurídica del Lof El Sosneado, perteneciente al pueblo mapuche, ubicado en la localidad El Sosneado, departamento San Rafael, provincia de Mendoza, en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas", establece la resolución 80/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
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Reconocimiento de la ocupación de más de 21.300 hectáreas en San Rafael
El 27 de enero se publicó en el Boletín Oficial la resolución número 36 en la que el INAI reconoció la "ocupación actual, tradicional y pública" de la comunidad Lof El Sosneado perteneciente al pueblo mapuche "con personería jurídica en trámite".
Esa situación, además de la preexistencia de causas judiciales abiertas sobre esos mismos terrenos, generó la reacción de privados y del Gobierno de Mendoza. Uno de los puntos en los que se fundamentaron las acciones contra el INAI fue justamente que a Lof El Sosneado le faltaba la personería jurídica.
Ese acto fue subsanado este viernes por el propio Instituto con la inscripción de personería de la comunidad.
Los argumentos del INAI
Según el Instituto, la comunidad mapuche acreditó "su origen étnico-cultural e histórico" y lo todos aquellos requisitos que debe cumplir una persona jurídica: la nota de solicitud de inscripción; el nombre y ubicación geográfica; la descripción de sus pautas de organización y mecanismos de designación y remoción de autoridades; la nómina de integrantes; los mecanismos de integración y exclusión de sus miembros".
Y en virtud de ello, el "corresponde la inscripción del Lof El Sosneado en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas".
Cautelar ante la Corte
Mientras tanto, continúa el trámite de la acción impugnatoria que Mendoza entabló los últimos días de junio contra el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), para ir contra todas las resoluciones por las que la Nación reconoció la ocupación de tierras del Sur a comunidades mapuche.
La intención del Gobierno es que se declare la nulidad de la denegatoria tácita (nunca contestó el INAI) de los recursos de reconsideración interpuestos contra dos resoluciones por las que se reconoció la ocupación ancestral en terrenos de Malargüe y San Rafael.
Pero mientras se discute la cuestión de fondo, Mendoza pretende mediante una cautelar de no innovar, que se ordene al INAI a que se abstenga "de continuar con los tramites de ejecución de sus resoluciones, suspendiendo los trámites administrativos que son objeto del proceso, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en la causa", manteniendo el statu quo anterior al dictado de las normas impugnadas y tachadas de inconstitucionales.
Dado que en las medidas cautelares será juez competente el que deba conocer en el proceso principal, corresponde también en este incidente la competencia originaria de la Corte.





