Un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ordenó este viernes dejar sin efecto durante la Vendimia 2022 a la ordenanza municipal de Guaymallén que prohíbe la realización de elecciones oficiales de reinas, princesas o concursos de belleza. El tema está en el centro del debate público de la provincia y el texto de los magistrados recupera buena parte de los argumentos en pugna.
La decisión de la Corte sobre la reina de Guaymallén reveló los principales ejes de la polémica
"Estoy emocionada por el fallo, es una gran noticia", exclamó Julieta Lonigro (22), la reina "blue" que coronaron algunos guaymallinos durante una ceremonia no oficial. Ahora la joven espera que la dejen participar de la Fiesta Nacional de la Vendimia, desde la Vía Blanca al Acto Central en el Frank Romero Day. Este domingo es la tradicional Bendición de los Frutos en el parque San Martín, acto litúrgico que inicia los festejos vendimiales.
La Corte, en resumen, hizo lugar parcialmente a una medida cautelar y ahora deberá ser Guaymallén -o, en su defecto, el Gobierno de la provincia a través del Ministerio de Turismo y Cultura- quien diga si Lonigro tiene derecho a representar a ese departamento en las celebraciones de la Vendimia 2022.
En cuanto a la cuestión de fondo -la constitucionalidad o no de la ordenanza- habrá que esperar al fallo plenario de la Corte para tener certezas.
Batalla legal sobre la reina de Guaymallén
La guerra jurídica se desató cuando el 23 de marzo de 2021 se promulgó en Guaymallén la ordenanza 9196/21, que elimina "la organización, patrocinio y/o auspicio por parte del Municipio, de manera directa, de elecciones de reinas, embajadoras y princesas u otras denominaciones similares y concursos de belleza de personas, cualquiera sea su edad".
Eso apuntaba directamente contra la elección de la reina vendimial. En consecuencia, la Comisión Nacional de Reinas de la Vendimia (Corenave), la Comisión de Reinas de Guaymallén (Coreguay) y la Comisión de Virreinas Nacionales (Covinave) tomaron cartas en el asunto, y accionaron legalmente integrando luego a la reina que se eligió "en la clandestinidad", Lonigro.
Los jueces de la Suprema Corte que hicieron lugar a la cautelar
Ante ese panorama, los jueces Mario Adaro y José Valerio decidieron hacer lugar parcialmente a la medida cautelar que solicitaba la suspensión de la ordenanza.
El propio Adaro conversó con Radio Nihuil y aclaró que antes de que el máximo tribunal tome una decisión definitiva, se concretará una audiencia pública para que los ciudadanos expongan su opinión sobre el asunto.
Adaro reconoció que la disputa pone sobre la mesa "el derecho humano fundamental a desestructurar una sociedad patriarcal en el marco de la Vendimia" y "el derecho a que nadie sea cosificado".
El magistrado reconoció que se vive "una verdadera revolución" en temas de género, pero advirtió que si se llegó hasta la Corte es porque "no se dieron los espacios públicos y políticos para que se resolvieran las diferencias" entre las diversas posturas.
"A veces -señaló Adaro- no se trata solamente de definir quién tiene razón, sino de pacificar". Desde ese criterio, el fallo de Adaro y Valerio postuló la suspensión transitoria de la ordenanza durante la Vendimia 2022, entendiendo que Guaymallén se habría retirado de algunas de las actividades comprendidas en la Vendimia, y que eso podría lesionar el derecho de sus vecinos a participar de forma íntegra en la celebración.
El voto en disidencia
En contraste, Omar Palermo votó en disidencia y dijo no encontrar argumentos que sostuvieran un "derecho a elección" de reinas vendimiales. Su visión, por ende, es que no se justificaba hacer lugar a la cautelar.
Palermo subrayó que la ordenanza de Guaymallén refleja un acuerdo democrático y autónomo de ese departamento para participar en la Vendimia sin una elección de soberanas basada en "estereotipos de belleza". Esa decisión, sostuvo, debe presumirse legítima y ser respetada por el Poder Judicial en la medida en que no afecte manifiestamente derechos.
El juez consideró que no puede atribuirse a particulares que promocionan a una candidata una legitimidad mayor que la que tienen las autoridades municipales elegidas democráticamente.
Para Palermo, ni las comisiones de reinas y virreinas ni Julieta Lonigro demostraron la existencia de un legítimo derecho para exigir el reconocimiento de Julieta como reina “oficial”.
En cuanto al patrimonio cultural y la perspectiva de géneros, enfatizó: "Es inherente a este tipo de patrimonio su dinamismo y su vinculación innegable con el estadio de desarrollo de la sociedad en la construcción de ciudadanía”. En otras palabras, sostuvo que el patrimonio cultural de los mendocinos debe reconocerse como un fenómeno dinámico y no como la conservación de manifestaciones fosilizadas.
En Guaymallén se reunirán para tomar una decisión
En el medio de este escenario, los funcionarios de Guaymallén se encuentran abocados a resolver el desastre que dejó la tormenta de granizo del pasado miércoles, por lo que el tema de la reina quedó en segundo plano.
"Esperamos tener una reunión antes del martes", contó a Diario UNO el concejal Ignacio Conte, uno de los promotores de la ordenanza que pretendía dar de baja la elección de las reinas. "Ahí escucharemos la opinión de (el intendente) Marcelino Iglesias y probablemente se llegue a una decisión".
Ocurre que ahora la Suprema Corte dictaminó que el municipio tendrá que definir quién será su reina durante la Vendimia 2022. En caso de no poder o no querer hacerlo, la pelota pasará para el Ministerio de Cultura y Turismo de la provincia.
El eje, hoy, pasa por saber si la soberana departamental será Lonigro u otra mujer elegida en años anteriores, como la soberana 2020, Sofía Grangetto, propuesta por el propio gobernador Rodolfo Suarez.
A continuación, el fallo completo de la Corte:





