El proyecto fue elaborado por el Ministerio de Seguridad y Justicia y el Ministerio Público Fiscal y establece, entre otros ítem, instancias de revisión cuando haya desacuerdos entre el fiscal investigador y el juez de Garantías sobre el archivo de una causa o el sobreseimiento de un imputado.
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Ya es ley el nuevo Código Procesal Penal de Mendoza tras la votación del Senado. Fotos: Senado de Mendoza
El Código Procesal Penal también resuelve discrepancias entre fiscales y jueces
Dijo el senador provincial Walther Marcolini: "Los cambios establecidos en la reforma del Código Procesal Penal de Mendoza impactan en la etapa de la investigación penal preparatoria, incorporando modificaciones a varios artículos e introduciendo el artículo 362 bis, que establece cómo se resuelven las discrepancias entre el fiscal y el juez de garantías".
Si el fiscal plantea un sobreseimiento y el juez no está de acuerdo, dijo el legislador, la decisión pasará a manos del fiscal adjunto penal. "Si este último coincide con el fiscal inferior, el juez deberá resolver. En caso contrario, la causa se transfiere a un fiscal subrogante, asegurando así una doble revisión del proceso".
"La investigación penal preparatoria no debe convertirse en una instancia prolongada cuando la etapa central del proceso es el juicio oral", explicó Marcolini antes de la votación en el recinto.
Uno de los aspectos clave de la reforma del Código Procesal Penal de Mendoza es la diferenciación concreta entre la investigación y el juicio. La primera es responsabilidad del Ministerio Público Fiscal, que debe reunir pruebas y preparar el caso. El juicio es el espacio en el que se debaten las posturas de la acusación y la defensa ante el tribunal de sentencia.
La agilización de los procesos penales
Con este esquema, se busca evitar que la investigación se vuelva un obstáculo en la resolución de los casos.
Se establecen nuevas reglas para optimizar su desarrollo, permitiendo que ciertas instancias no frenen el avance del proceso y que las decisiones sean revisadas de manera ágil cuando sea necesario.
La nueva ley ajusta los criterios para la admisión de pruebas; también se regulan los tiempos y las condiciones para que las apelaciones no frenen el curso de la investigación.
Se refuerza, además, el rol del Juez de Garantías en la supervisión de los procedimientos, explicaron desde la Cámara de Senadores.