Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del nuevo Consejo Provincial de Salud, que aspira a convertirse en una herramienta para coordinar políticas sanitarias en Mendoza y que es uno de los componentes del paquete de leyes que el Ejecutivo envió a la Legislatura en la primera mitad de 2024.
El nuevo Consejo Provincial de Salud ya tiene reglas para sesionar con representantes de los 18 departamentos
El órgano, que aspira a convertirse en una fuente de consulta permanente, está pensado para organizar mejor al sistema sanitario de Mendoza.
El Consejo estará presidido por el Ministro de Salud y Deportes, Rodolfo Montero, e integrado por representantes del mismo espacio, así como por entidades como el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), asociaciones de clínicas y sanatorios, cámaras de hospitales, y universidades con carreras relacionadas con la salud, entre otros.
A ellos se sumarán referentes de los municipios y sindicales.
Cada departamento de Mendoza deberá proponer a una persona para integrar el Consejo
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La reglamentación publicada este lunes detalla que, para la designación de integrantes, se solicitará a las instituciones mencionadas la postulación de sus representantes, quienes deberán ser refrendados por el ministerio y cumplirán su función ad honorem por 2 años.
Funcionamiento del nuevo Consejo Provincial de Salud
Aparte del ministro, habrá 3 representantes del Ministerio de Salud, 1 del PAMI, 1 de OSEP, 1 de obras sociales y prepagas que actúen en la provincia; 1 por la Asociación de Clínicas y Sanatorios de Mendoza (ACLISA), 1 por Cámara de Hospitales y 2 de las universidades públicas y privadas que posean carreras relacionadas con la salud.
Además, habrá representantes de los 18 municipios: cada departamento deberá proponer a una persona. En cuanto a los sindicatos, habrá 1 titular por las organizaciones gremiales de trabajadores con representación en el sector.
La idea es que el Consejo sea un órgano consultivo permanente para el Gobierno, apoyando la articulación con el sector privado y los financiadores de la salud, integrando datos y generando una mayor transparencia en las decisiones.
Para eso, "el presidente del Consejo Provincial de Salud -es decir, el titular de la cartera sanitaria- comunicará las convocatorias a las reuniones ordinarias o extraordinarias con una antelación mínima de dos (2) días, salvo en casos de urgencia". Con ello, se pretende consolidar un seguimiento cuanto menos mensual del panorama provincial.
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El órgano funcionará con sus miembros presentes, quienes deberán dejar asentada su opinión sobre los asuntos tratados en un libro de actas. En consecuencia, el Consejo podrá emitir recomendaciones no vinculantes que servirán como "brújula" para la gestión.
De este modo, se espera que la Ley 8.164 -modificada ahora por la 9.518-, adquiera un renovado protagonismo. La experiencia de la reciente pandemia y la crisis sanitaria que afecta al sector son prueba de que, en el futuro, una mejor coordinación será indispensable.
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El paquete de leyes de salud que envió Cornejo
En febrero de 2024, el Gobierno de Mendoza salió a defender un paquete de más de 20 proyectos relacionados con la salud. Varios tomaron estado parlamentario y consiguieron la aprobación de ambas cámaras de la Legislatura, como la nueva Ley de Residencias Médicas o la mencionada actualización del Consejo de Salud.
La mayoría de las iniciativas entraron por la Cámara Alta, mientras el gobernador explicaba la urgencia de actualizar la legislación debido a que la provincia afronta una "tormenta perfecta" compuesta por altas tasas de inflación, salarios a la baja y suba en el precio de los insumos, entre otros factores.
En realidad, el Consejo Provincial de Salud ya existía desde 2010, pero lo que se intenta hacer es remozarlo para que de aquí en más su funcionamiento sea más ágil y expeditivo.





