Hacerlo, entienden en el Gobierno, sería generar una confrontación más con los libertarios y estratégicamente los radicales están lejos de querer eso.
Es en las últimas horas, desde lo político sólo se dedicaron a hacer buenas migas. Una muestra de eso es que dos de los 3 diputados nacionales de la UCR avalaron la suspensión de las elecciones PASO nacionales, aún cuando en la provincia defienden esa herramienta electoral.
Quizás estén barajando alguna alianza que los encorsete. Esa necesidad tal vez explique la mudez repentina en la que cayeron varios referentes del Ministerio de Salud, aún cuando de esa cartera depende la Dirección de Maternidad e Infancias, en cuya área está el subprograma de Salud Sexual y procreación responsable.
Aún cuando podrían salir a diferenciarse, optan por no hacerlo.
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En Mendoza hay 1.000 pacientes que reciben tratamientos de hormonización en los centros que sostiene el Estado provincial.
Foto: Luis Rodríguez
Cuántos centros de hormonización hay y cuánto cuesta el tratamiento
Podrían contar por ejemplo que en la provincia hay 10 centros sanitarios que brindan tratamientos de hormonización y que están distribuidos en todos los oasis, con la idea de que esa población trans tenga acceso a los tratamientos que requiere en las cercanías a su domicilio.
Es más, hasta podrían marcar que esos tratamientos se siguen otorgando gracias a que el Gobierno provincial decidió costear las hormonas que la Nación dejó de pagar desde el año pasado.
Según confirmó el endocrinólogo Pablo Ferrada, del centro de hormonización que funciona en el Hospital Central, en Mendoza hay unos 1.000 pacientes trans que no tienen obra social y a quienes el Estado provincial les provee las hormonas para hacer los tratamientos de transición.
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En el hospital Notti se les da tratamiento con bloqueadores hormonales a 3 chicos de entre 16 y 18 años.
Diario UNO / Nicolás Ríos
De ellos, según fuentes oficiales de Salud, sólo hay tres adolescentes de entre 16 y 18 años que son asistidos en el hospital Notti, en donde se les dan bloqueadores hormonales para ralentizar el desarrollo hormonal del género con el que nacieron, hasta tanto puedan comenzar con el tratamiento de hormonización para hacer la transición al otro género, que es en el que se perciben. Ese primer tratamiento, es previo y es reversible.
Ahora con la vigencia del DNU, queda abierto un debate de orden jurídico y es sobre si ese DNU puede prohibir a las provincias tener sus propia política en cuanto a terapias de hormonización de menores de 18 o no. Y en lo concreto, qué va a pasar con los tratamientos que reciben esos tres jóvenes hasta ahora.
Un dato no menor es contar que hoy esos bloqueadores hormonales cuestan unos $700.000 por mes, mientras que los tratamientos de hormonización que se brindan en aquellos centros rondan entre los $80.000 y los $100.000 dependiendo de si se aplican a transexuales femeninos o masculinos. En este último caso se necesita de una testosterona inyectable que se aplica cada 3 meses y cuesta $280.000 cada inyección.
"Darle cobertura estatal a esos tratamientos para esos chicos no tiene incidencia en el presupuesto del Estado, pero sí en la economía de esas familias, por el altísimo costo que tienen esas hormonas como para que las pague alguien que no tiene obra social", admitió un alto funcionario del Gobierno provincial que pidió quedar en el anonimato.
Qué es la hormonización y que dice el DNU de Milei
La hormonización, terapia hormonal, terapia hormonal “cruzada” o terapia hormonal de afirmación de género es la administración de hormonas con el objetivo de modificar caracteres físicos acorde al género autopercibido.
Según la Fundación Huésped -que trabaja en pos del derecho de acceso a la salud y al control de enfermedades-, a las personas que quieren feminizar su cuerpo se le administran hormonas femeninas (estradiol) y bloqueadores de las hormonas masculinas (espironolactona y acetato de ciproterona), mientras que quienes desean masculinizar su cuerpo utilizan hormonas masculinas (testosterona). En el primero de los casos, en la Argentina están disponibles las vías oral y transdérmica (parches o gel) y, en el segundo, las vías inyectable y transdérmica.
En cambio, las cirugías de modificación corporal o de afirmación de género (conocidas popularmente como “cirugías de cambio de género”) son procedimientos de adecuación corporal a la identidad de género autopercibida que incluyen intervenciones quirúrgicas genitales, mamarias, faciales, torácicas y de cambio de voz, entre otras.
Hasta este jueves, la Ley de Identidad de Género le otorgaba a toda persona el derecho al reconocimiento de su identidad de género entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento.
Si bien la ley marca que la edad mínima para acceder de forma autónoma a una intervención quirúrgica y a los tratamientos es 18 años, en el artículo 5 habla de la posibilidad de que menores de edad puedan hacer el trámite con la autorización de sus representantes legales, con su expresa conformidad y teniendo en cuenta el principio de capacidad progresiva, que establece la Convención de los Derechos del Niño y la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
"La diferenciación por rango etario para determinar la autonomía y capacidad de las personas surge del Código Civil y Comercial actualmente vigente en todo el país", explican varios especialistas, y eso explica porqué las personas de 16 años o más son consideradas como adultas para las decisiones que atienden al cuidado de su propio cuerpo. Y por tanto pueden otorgar por sí mismas su consentimiento informado para acceder a las prestaciones de modificación corporal contempladas en la Ley de Identidad de Género.
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En su discurso de Davos, el presidente Javier Milei empezó a dar señales de que pretendía modificar la Ley de Identidad de Género, lo que finalmente hizo este jueves con un DNU.
Ahora, en cambio, través del Decreto de Necesidad y Urgencia N°62/2025 que se conoció esta semana, y amparándose en el "interés superior del niño", como "un principio rector de nuestro sistema jurídico" el presidente Javier Milei modificó el artículo 11 de la ley 26.743 de Identidad de Género.
En el nuevo texto estableció que sólo podrán acceder a los tratamientos de hormonización e intervenciones quirúrgicas de reasignación de género las personas mayores de 18 años.
El texto original marca:
"ARTÍCULO 11.- Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente, el consentimiento informado de la persona. Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación. Las personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad no podrán acceder a las intervenciones y tratamientos a los que hace referencia el presente artículo." "ARTÍCULO 11.- Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente, el consentimiento informado de la persona. Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación. Las personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad no podrán acceder a las intervenciones y tratamientos a los que hace referencia el presente artículo."
"Si se prohíbe la hormonización, van a truncar proyectos de vida"
De los casi 1.000 mendocinos trans que hoy reciben tratamientos de hormonización que solventa el Estado provincial, hay 14 pacientes que acuden a un pequeño centro de salud de Gualtallary, en Tupungato, que es la célula que atiende a la población del Valle de Uco.
Allí asisten a hacer las primeras consultas, y desde ese lugar se los asesora y se les da un abordaje integral, que no sólo es médico, sino también psicológico y hasta se aborda a su grupo familiar.
"Son todos mayores de edad y en general son personas muy vulnerables desde lo económico y desde lo social. Algunos acuden con sus familias, que en el mejor de los casos los contienen, pero muchos llegan solos porque no encontraron apoyo familiar y necesitan de un asesoramiento. Acá se les consigue un turno con el endocrinólogo Pablo Ferrada, a algunos se les paga el boleto porque ni siquiera tienen dinero para eso y en paralelo se les hacen todo tipo de estudios de imágenes, ecografías, de laboratorio y un informe hormonal", comenzó contando Nicolás Agüero, director de ese centro de salud.
Ese centro comenzó a asistir a esa población transexual en el 2021 y en estos 4 años Agüero ha conocido distintos casos de personas a las que esos tratamientos de hormonización les dieron calidad de vida.
"Nos han llegado casos de chicos que tenían un profundo sufrimiento por tener que vivir con un género en el que no se percibían. Chicos que se autolesionaban y que habían puesto en riesgo su vida por eso, a los que primero la contención psicológica y los tratamientos de hormonización les cambiaron la vida. Uno de ellos quería dejar todo, la escuela, su vida, y después de que comenzó a tratarse terminó la secundaria, fue la universidad y hoy es profesor de arte", contó Agüero a Diario UNO.
El profesional no evitó opinar desde su experiencia, sobre lo que podría generar la prohibición de acceder a los tratamientos de hormonización a los menores de 18 años.
"En el Notti se comienza con los tratamientos de bloqueadores hormonales con algunos menores de 18 años, que son clave para iniciar el proceso. Nosotros tuvimos consultas de algunos chicos de esa edad y los derivamos para que ellos puedan asistirlos. Para quien no se autopercibe del sexo con el que nació es clave empezar frenando ese desarrollo hormonal para luego recibir las hormonas para hacer la transición al otro género", marcó.
Y resaltó: "Si prohíben por ley el acceso a estos tratamientos de hormonización van a estar truncando proyectos de vida de muchos chicos que por sí solos no podrían costearlos. Si recortan eso los están empujando a conductas que son nocivas para ellos, como es usar aceite de avión para modificar sus cuerpos, o incluso que muchos vuelvan a la prostitución como modo de vida".