El municipio quiere que los cascos de los motociclistas lleven patente.
En el código QR que pretende hacer obligatorio el Gobierno deberán aparecer todos los datos del propietario y los autorizados a conducir esa moto, más teléfonos de contacto y datos de salud del dueño, como su grupo sanguíneo y si es alérgico, por ejemplo.
En la letra de la iniciativa se prevé que el organismo de aplicación será el Ministerio de Seguridad, y establece que para obtener ese código QR los motociclistas deberán acudir a las plantas de Verificación Física de Automotor y Motovehículo (no las de RTO) en las que actualmente se realizan las verificaciones de los vehículos y el grabado de las autopartes que sean necesarias.
"Ahora lo vamos a discutir en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, pero la idea es poner un plazo para que los motociclistas incorporen este código, que en principio sería gratuito, aunque eso lo tenemos que definir con el Ministerio de Seguridad", amplió Rubio.
A la hora de controlar la aplicación de este código, y como la ley de tránsito nacional descentraliza el control vial, es probable que desde el Ministerio se delegue también el control a las policías municipales que ya existen en todas las comunas, excepto en San Rafael y Lavalle.
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Qué información del motociclista deberá tener cargada
La información que deberán aportar los motociclistas para que se incorpore a ese código QR será: datos filiatorios del propietario y personas autorizadas para conducirlo -nombre completo; número de DNI; fotografía del usuario de perfil o tipo carnet; dirección; números de teléfono útiles o de contacto- e información médica que el organismo de aplicación considere pertinente -grupo sanguíneo; alergias, tratamientos médicos- para casos de emergencia.
"Esos datos tendrán carácter de declaración jurada, y quienes estén encargados de cargar esa información le harán hincapié al motociclista que las inexactitudes u omisiones realizadas serán consideradas un incumplimiento a la ley y plausibles de sanción. La misma será establecida en la reglamentación de la presente ley", se destaca en los artículo 7, 8 y 9 del proyecto.
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No tener el código QR será una falta, adulterarlo un delito
Ya que el circular con ese código será obligatorio para los motociclistas, una vez que esté reglamentado, aquel que no lo tenga recibirá una multa grave, según lo prevé la ley de tránsito 9024. En la actualidad esa multa, medida en 700 unidades fiscales, tiene un costo sin descuento de $21.000 y con descuento (para lo cual el motocilista deberá hacer un descargo) de $12.600.
Pero además, si en un control al leer el código se detectase que fue adulterado o modificado, eso será considerado una "alteración de un instrumento público y plausible de sanción según lo establecido en el Código Penal Argentino y las leyes que correspondan.
Si quien adulteró el código usó un código QR para atacar, borrar o modificar, la información contenida en una base de datos o en cualquier dispositivo digital que se utilice, eso se considerará como "un delito digital, con las sanciones previstas por el Código Penal Argentino y las leyes que correspondan".