Pandemia

DNU extensión Cuarentena: el presidente oficializó las nuevas medidas por decreto

A través del decreto 740/2020, el Gobierno nacional publicó cómo siguen el aislamiento y el distanciamiento en Argentina. DNU extensión cuarentena

Por UNO

El presidente Alberto Fernández confirmó cómo sigue la cuarentena con la publicación del DNU extensión cuarentena en el Boletín Oficial. El mismo establece la continuidad hasta el 20 de septiembre del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO), según las ciudades.

El DNU extensión cuarentena 740/2020 fue publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial y lleva la firma del presidente Alberto Fernández y todos sus ministros. Al ASPO se sumaron zonas del país que tiene gran cantidad de contagios en las últimas dos semanas, mientras que Mendoza se mantiene en fase de DISPO por decisión del gobernador Rodolo Suarez.

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Cómo sigue la cuarentena según el decreto

ASPO

Al AMBA se sumó el departamento de General Pueyrredón, que abarca a Mar del Plata, donde crecieron los casos; y los aglomerados de las ciudades de Paraná, Colonia Avellaneda, Oro Verde, San Benito y Gualeguaychú, de Entre Ríos.

La norma incluye también a los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá y San Pedro, en Jujuy; los departamentos de Capital y Chamical, de La Rioja; y los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en Río Negro.

También, a los departamentos de General José de San Martín y Orán, de Salta; el departamento de Caucete, de San Juan; el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, en Santa Cruz; los departamentos de Capital y Banda, de Santiago del Estero; y los departamentos de Río Grande y Tolhuin, deTierra del Fuego.

Qué está prohibidó en el ASPO

  • El "dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades"
  • Los "eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas".

Reuniones sociales

El DNU autoriza las "reuniones sociales de hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que se mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones sanitarias".

Acompañamiento de pacientes

El DNU incorpora la novedad del "acompañamiento de pacientes" y especifica que deberá "autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los pacientes con diagnóstico confirmado de la Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento".

DISPO

Las regiones con distanciamiento son:

  • Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Formosa, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, San LUis, Santa Fe y Tucumán.
  • Todos los departamentos de Entre Ríos excepto los aglomerados de las ciudades de Paraná, Colonia Avellaneda, Oro Verde, San Benito y Gualeguaychú.
  • Todos los departamentos de Jujuy, excepto los de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá y San Pedro; y los departamentos de La Rioja, excepto los de Capital y Chamical
  • Todos los departamentos de Río Negro, excepto los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca; y todos los departamentos de Salta, excepto los de General José de San Martin y Orán.
  • Todos los departamentos de San Juan, excepto el de Caucete; todos los departamentos de Santa Cruz, excepto el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos; y todos los departamentos de Santiago del Estero, excepto los de Capital y Banda
  • Todos los departamentos de Tierra del Fuego, Antártita e Isflas del Atlántco sur, excepto los de Río Grande y Tolhuin; y todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, con exepción del departamento de General Pueyrredón y de los 35 incluidos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Medidas para zonas con distanciamiento

  • "Deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros
  • utilizar tapabocas en espacios compartidos
  • higienizarse asiduamente las manos
  • toser en el pliegue del codo
  • desinfectar las superficies
  • ventilar los ambientes
  • dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades".

Qué está prohibido en el Dispo

La norma prohíbe "en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos metros entre los concurrentes y sin ventilación adecuada del ambiente".

Clases presenciales

"Permanecerán suspendidas en todos los niveles y en todas sus modalidades hasta tanto se disponga el reinicio de las mismas en forma total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o niveles o secciones o modalidades, previa aprobación de los protocolos correspondientes".

Eventos sociales

Además, el decreto prohíbe los eventos "sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente".

DNU extensión cuarentena

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