El intendente de Malargüe, Celso Jaque, vetó un adicional del 30% a su favor que había sido votado en la ordenanza que fijó el presupuesto 2025 para el municipio. Ese artículo no fue acompañado por la oposición en el Concejo Deliberante y, finalmente este jueves fue dado de baja por el intendente.

En los argumentos de la medida, Jaque manifestó que “ha sido tergiversado lo prescripto” por el artículo y que, de todas maneras, la pieza se encuentra vigente en la ley de administración financiera y su decreto reglamentario.

Además de ese párrafo, el intendente de Malargüe limitó funciones del Concejo Deliberante, eliminó la necesidad de concursos para cubrir vacantes de planta permanente y amplió sus facultades para la toma de crédito.

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Celso Jaque vetó parcialmente la ordenanza del presupuesto 2025 de Malargüe que votó el Concejo Deliberante.

Celso Jaque vetó parcialmente la ordenanza del presupuesto 2025 de Malargüe que votó el Concejo Deliberante.

Que más vetó Celso Jaque

Este jueves se conoció el veto parcial a la ordenanza Nº 2.319/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de Malargüe. El intendente Jaque consideró necesario vetar el “artículo 11 último párrafo, artículo 17 último párrafo, artículo 18 inciso f) apartado final, artículo 24 último párrafo y artículo 25”.

El primer veto elimina la obligación de dar a conocer al Concejo obras en edificios que se encuentran en alquiler o comodato de uso por el Municipio de Malargüe. Para el intendente, esa obligación resultaba “inconveniente por ser un acto propio del Departamento Ejecutivo Municipal” y además, el “HCD toma conocimiento de los actos administrativos a través de los pertinentes decretos que le son remitidos de manera mensual”.

En el artículo 17 se deja sin efecto la última parte, que es la que fijaba un “adicional del 30% sobre el total bruto de haberes, para el intendente municipal, contador general y asesor legal en su carácter de responsables objetivos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia”.

En el 18, que versa sobre modificaciones de la planta de personal, se dejó sin efecto el inciso f que decía que “se llamará a concurso para cubrir vacantes de planta permanente” y que para ello, se armaría una junta de selección en la que debía tener participación el Concejo.

Por otra parte, se eliminó la prohibición para que el Ejecutivo contraiga créditos cuya amortización de capital e intereses excedan el mandato actual y también se vetó el artículo 25, que autorizaba al Ejecutivo a seguir con los trámites de un leasing aprobado en 2024.